Concello da Coruña

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  1. La revisión del planeamiento general, que no significa necesariamente cambiar lo que hay, sino re-estudiarlo a la vista de la nueva legislación y de las nuevas circunstancias, es necesaria porque:

  2. La Disposición Transitoria 2ª de la Ley 9/2002, modificada por Ley 15/2004, de Ordenación Urbanística de Galicia (LOUGA), obliga a que el planeamiento urbanístico vigente se adapte a dicha ley en el plazo de tres años.

  3. El convenio firmado el día 2 de febrero de 2004 para la reordenación urbanística de terrenos del actual puerto de A Coruña, obliga a redactar un Plan Director del ámbito que contenga una ordenación indicativa. En el convenio citado el Ayuntamiento se obligó a tramitar la revisión del PGOM en el plazo máximo de 4 años, enviando a la Xunta una propuesta de ordenación de los terrenos, que se integrará en la revisión del PGOM, previo a la aprobación inicial, en el plazo de 18 meses a contar desde la firma del convenio. En el convenio se estipula que se entenderá que no se ha producido la reordenación de los terrenos, vía revisión del PGOM, si ésta no se ha aprobado en los términos acordados en el convenio en el plazo de 4 años a partir de la firma del mismo.

  4. El convenio firmado el día 4 de octubre de 2004 por la Ministra de Fomento y el Alcalde de A Coruña, relativo también a la reordenación urbanística del actual puerto, vinculada a la construcción del Puerto Exterior, por el que se dispone que el 50% de la edificabilidad residencial lo será para vivienda protegida, también obliga al Ayuntamiento a tramitar y aprobar una revisión del PGOM.

  5. El elevado grado de ejecución del PGOM 98 obliga a su revisión, dado que de los ámbitos de suelo urbanizable previstos sólo dos de ellos no han sido objeto de tramitación alguna y en un caso debido a la incidencia y afección de la Refineria , mientras que el resto están en fase de ejecución material o de tramitación de planeamiento parcial. En suelo urbano no consolidado están en fase de gestión y/o ejecución prácticamente todos los polígonos previstos (Ronda de Monte Alto, Vioño, Adormideras, Fariña Ferreño, Oza-Castrillón, Real Fábrica de Tabacos, y otros de menor superficie y transcendencia). No se puede decir que el grado de ejecución de un Plan a efectos de su revisión, se mide por el número de viviendas terminadas porque eso llevaría a que, si hubiese que esperar a terminar las viviendas, pasaríamos luego 2 o 3 años sin actividad alguna. A sensu contrario, realizar la revisión ahora permite que la actividad urbanística se mantenga durante el proceso de revisión en los polígonos y sectores en fase de gestión y ejecución, evitando la paralización del sector, con las consecuencias que ello supondría desde el punto de vista económico y socio-laboral.

  6. La reordenación de la zona portuaria, con un gran calado desde el punto de vista de la estructura general de la ciudad y de la movilidad, obligaría aunque no lo dijesen los convenios- a realizar también un análisis y estudio de carácter más amplio, siendo el instrumento y cauce adecuado la Revisión del PGOM.

  7. La centralidad y la vocación metropolitana de A Coruña, exige que su planeamiento general se acomode, se anticipe y afronte –en colaboración con la Administración Autonómica y municipios limítrofes- la solución de aquellas cuestiones más importantes que deben enfocarse a escala metropolitana para derivar de ellas propuestas de ordenación y de estrategias socioeconómicas y territoriales.A tal efecto, el documento de Revisión habrá de fundamentarse, entre otros estudios e informaciones previas, en l os estudios sectoriales de ámbito metropolitano, que se incorporarán como anejos al documento del PGOM y que serán, como mínimo, los siguientes:
    1. Estudio sectorial sobre infraestructuras de comunicaciones (viarias, ferroviarias, portuarias y aeroportuarias), con especial atención a la incidencia del nuevo Puerto Exterior y al transporte de viajeros y mercancias dentro del área metropolitana.
    2. Estudio sectorial relativo a espacios y políticas medioambientales.
    3. Estudio sectorial sobre zonas empresariales y logísticas.
    4. Estudio sectorial sobre equipamientos y dotaciones públicas.
  8. Es necesario que desde la revisión del planeamiento general se profundice en la labor iniciada, disponiendo medidas para la gestión de suelo con destino a viviendas protegidas y para la mejora y conservación de la edificación existente, como medida de mantenimiento de la cohesión socio-económica de los barrios de la ciudad y como medida de desarrollo sostenible, optimizando los usos del suelo, planteando operaciones de reforma urbana y de reurbanización en aquellos espacios que así lo requieran.

  9. La revisión del PGOM también es conveniente para hacer un análisis técnico y jurídico de las vigentes normas urbanísticas y ordenanzas municipales y su formulación debidamente sistematizada de acuerdo con la legislación vigente, así como para incorporar la información gráfica y cartográfica más actualizada que permita la gestión y difusión del planeamiento con apoyo en medios telemáticos, todo ello bajo los principios de transparencia de la información y de seguridad jurídica.

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