El Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (BOE número 268 de 9 de noviembre) establece que el sistema objetivo de determinación de la base imponible del impuesto se convierte en un sistema optativo, permitiendo al sujeto pasivo optar por una fórmula alternativa el cual podrá, acomodar la carga tributaria al incremento de valor efectivamente obtenido.
Ya está disponible el trámite de la autoliquidación con cuota, calculada conforme al RD LEY 26/2021, DE 8 DE NOVIEMBRE para la tramitación mediante cita previa o solicitud a través de los registros públicos correspondientes
Los obligados tributarios deberán solicitar cita para que se les realice el cálculo del impuesto en la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, tanto a título lucrativo como oneroso, realizada/s a partir del 10 de noviembre del 2021 (incluido).
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