Ayuntamiento de A Coruña

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AFAS

Ayudas Fondo de Acción Social para el personal del Ayuntamiento de A Coruña

Canales:

Telemático, Presencial

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Recursos humanos

Materia:

Sector público

Vigente:

Si

Ayudas económica del Fondo de Acción Social del Ayuntamiento de A Coruña para empleados del Ayuntamiento de A Coruña

Ayudas Fondo de Acción Social para el personal del Ayuntamiento de A Coruña

Inscripciones:

Desde el 01/01/2024 hasta el 31/01/2024

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Empleados públicos del Concello de A Coruña

Requisitos:

Tener la condición de empleado público del Concello de A Coruña

Precio / Coste:

No procede

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Economía, Hacienda y Régimen Interior

Presentación

Documentación necesaria:

  • Anexo Ayudas solicitadas: Impreso donde se indican las ayudas solicitadas junto con la documentación específica para cada tipo de ellas (facturas, certificados, etc). 
  • Anexo Autorización consulta datos renta 

Documentos relacionados

  • Anexo Ayudas Solicitadas Fondo Acción Social Concello Coruña (94 KB)
  • Anexo Autorización consulta datos renta (65 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

  • Cubrir el impreso de Anexo de ayudas solicitadas y, en su caso, la documentación que se indica en el apartado Documentación necesaria.

¿Cómo se hace?:

  • De forma presencial en el Registro General.En las ubicaciones indicadas más abajo.
  • Por correo certificado dirigido al Registro General del ayuntamiento. 
  • En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Internet

¿Qué se necesita?:

Deberá disponer de certificado digital .

Una vez cubierta la solicitud telemática  debe tener preparados los ficheros que necesite para tramitar dicha solicitud, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".

En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

https://sede.coruna.gob.es/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=982

MUY IMPORTANTE: Es imprescindible la aportación de documentación justificativa para cada ayuda. En caso contrario, sería causa de exclusión.

Teléfono

Después

Sentido del silencio administrativo:

No procede

¿Y después?:

Contra la Resolución que resuelva el procedimiento se podrán interponer los siguientes recursos:

  • Recurso potestativo de Reposición. 
  • Recurso contencioso - administrativo

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