Ayuntamiento de A Coruña

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Cuándo:

11 de diciembre de 2020

Captación de viviendas para alquiler municipal

Cualquier persona propietaria puede solicitar que su vivienda entre dentro del Banco municipal de viviendas, siempre y cuando se cumplan los requisitos.

Una de las principales preocupaciones del Gobierno Municipal es garantizar, para los colectivos en situación o riesgo de exclusión social, el derecho al acceso a una vivienda digna y adecuada tal y como obliga la Constitución. En este sentido, la ausencia de una vivienda y un entorno digno están ligados a este marco de exclusión residencial y social en el que las personas afectadas ven vulnerados buena parte de sus derechos y cuya transformación en un entorno de integración es una prioridad para el Ayuntamiento de A Coruña.

El patrimonio municipal de vivienda es escaso para poder atender las continuas peticiones de personas interesadas en que se les alquile una vivienda municipal por tener imposibilidad de acceso a una vivienda en el mercado libre. Es por ello que el Gobierno Municipal intenta dar respuesta a este problema y garantizar el acceso a la vivienda a estos colectivos con dificultades, a través de la gestión de un banco de viviendas, que permita articular un alquiler social o reducido.

Cualquier persona propietaria de una vivienda podrá solicitar en las oficinas de EMVSA (Empresa Municipal de Vivienda, Servicios y Actividades, S.A.) que su propiedad pase a formar parte del Banco municipal de viviendas. Dichas viviendas deberán cumplir unos requisitos que se pueden consultar en las bases adjuntas.

¿Quién puede participar en esta convocatoria pública?

Cualquier persona propietaria de una vivienda en el Ayuntamiento de A Coruña o en cualquier otro término municipal. En caso de las viviendas situadas en un ayuntamiento diferente del de A Coruña, quedará a criterio del Consejo de Administración de EMVSA aceptarlas o no.

¿Cuáles son las condiciones del alquiler?

El titular del contrato de alquiler será la Empresa Municipal de Vivienda y se regirá por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

¿Cuánto percibe la persona propietaria?

Hasta 660 € en función de las características de la vivienda.

¿Qué garantiza EMVSA?

El pago mensual de la renta y la reparación de los posibles daños causados en la vivienda derivados de un mal uso.

¿Cuándo puede solicitarse la participación en este banco de viviendas?

El plazo de presentación de solicitudes sigue abierto desde febrero de 2020. 

¿Qué tramites deben hacerse para participar en esta convocatoria pública?

Se deberá dirigir una solicitud a la Presidenta del Consejo de Administración de EMVSA junto con la documentación dispuesta en el artículo 8.3 de las bases de la convocatoria.

¿Cómo se pueden presentar las solicitudes?

Las solicitudes, así como el resto de la documentación necesaria, se presentarán en la sede de EMVSA, Casa del Agua 1ª planta, en horario de 8:00 a 15:00

Se admitirán también las solicitudes, junto con toda la documentación preceptiva, en el registro o en cualquier registro presencial del Ayuntamiento de A Coruña, a pesar de que se deberá comunicar dicha solicitud a EMVSA enviando una copia de la solicitud registrada, el mismo día de la presentación o el siguiente día hábil, a la siguiente dirección de correo electrónico: contratacion@emvsa.es

Las solicitudes deberán contener el Modelo de solicitud, el Modelo de declaración responsable que se adjunta en documentos  relacionados y toda la documentación dispuesta en el artículo 8.3 de las bases.

¿Dónde puedo obtener más información?

- En el teléfono de Atención Ciudadana 010

- En el teléfono de EMVSA 981 910 460​

- En el siguiente email: contratacion@emvsa.es

Dirección:

Empresa Municipal de Vivienda, Servicios y Actividades - EMVSA. Calle Manuel Murguía 3, 1º. 15011 A Coruña

Bases de la convocatoria (169 KB)

Documentos relacionados

  • Solicitud (en gallego) banco de viviendas (48 KB)
  • Solicitud (en castellano) banco de viviendas (50 KB)
  • Declaración responsable (en gallego) EMVSA (41 KB)
  • Declaración responsable (en castellano) EMVSA (42 KB)

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