Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales.
Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad, y por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres primeros años de actividad. Serán subvencionables las contrataciones indefinidas iniciales que se formalicen desde e 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019.
Para público en general
Desde el 29/01/2019 hasta el 25/03/2019
Ya ha finalizado
Por la primera persona trabajadora indefinida: entre 3.000 y 11.250 euros
Por la segunda y tercera persona trabajadora indefinida: entre 5.000 y 15.750 euros
Plazo de presentación de solicitudes:
- Por las contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y el 25 de enero de 2019: hasta el 25 de marzo de 2019
- Por las contrataciones realizadas entre el 26 de enero y el 30 de septiembre de 2019: hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida. Si el último día de plazo es inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. En todo caso el plazo finalizará el 30 de septiembre de 2019, aunque no transcurriese el plazo antes indicado.
- Convocatoria: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190125/AnuncioG0424-271218-0002_gl.pdf
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