Tasa exigible por la prestación de los servicios de ayuda a domicilio (básico o de libre concurrencia, dependencia y por urgencia sobrevenida), ayudas técnicas, teleasistencia y comida a domicilio. La gestión de la tasa corresponde a los Servicios Sociales Municipales.
Las tarifas se regulan en el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal.
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