Ayuntamiento de A Coruña

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ATEST

Copia de atestado de tráfico

Canales:

Presencial

Nivel de tramitacion electronica:

Tramitación electrónica

Tipo:

Certificados

Materia:

Sector público, Seguridad, Policía, Transporte, Tráfico

Órgano responsable:

Policía Local, Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil

Vigente:

Si

Solicitud de copia de atestado de accidente de tráfico realizado por la Policía Municipal de A Coruña.

  • Si ud. desea una copia del atestado de tráfico podrá solicitarla haciendo constar el número de registro, fecha del accidente, lugar, matrícula o matrículas de los vehículos implicados y carácter con el que actúa. 
    • MUY IMPORTANTE: TELÉFONO DE CONTACTO.
  • En primer lugar es necesario verificar si el accidente en cuestión ha sido registrado como atestado de tráfico; para ello será necesario que contacte vía correo electrónico a la dirección: atestados@coruna.es solicitando si, efectivamente, el expediente ha sido registrado por dicho unidad. Para ello será necesario indicar la fecha del accidente, el lugar y la matrícula o matrículas de los vehículos implicados e indicar el carácter con el que actúa el solicitante de la información (implicado, representante).
    • Muy importante: Se deberá hacer constar en el encabezamiento: SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE SINIESTRO.
  • La unidad de atestados le contestará por correo electrónico si dicho accidente está registrado o no. En el primer caso le informarán de su número de registro y en el segundo le contestarán que no hay accidente registrado.
  • Recibida la solicitud, el instructor del expediente confeccionará el atestado. Finalizado éste, se pondrán en contacto telefónico con el solicitante para indicarle que lo puede recoger en mano previa identificación. Para ello deberá abonar previamente la tasa municipal correspondiente en el edificio municipal de la c/Franja (actualmente 51,18.- euros) haciendo constar que el objeto de la tasa es solicitud de atestado de tráfico. Le facilitarán dos copias (blanca y azul). El solicitante debe dirigirse al Cuartel de la Policía Local (C/Tuy) dependencias de Atestados de Tráfico para recoger el atestado previa entrega de la copia blanca de la tasa.
  • Si ud. es un organismo oficial (Consorcio de Compensación, Juzgados, ...) no está sujeto a las tasas correspondientes.
  • IMPORTANTE. Si el policía instructor del atestado observa indicios de ilícito penal, no se facilitará copia al solicitante en estas dependencias, por lo que informará al solicitante de que para la obtención de una copia del mismo deberá acudir al Juzgado al que fueron remitidas las diligencias canalizándose este proceso a través de un abogado que le represente.

Copia de atestado de tráfico

Inscripciones:

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Persona física, interesado principal o representante, que desee obtener copia del atestado elaborado por la Policía municipal de un accidente de tráfico ocurrido en vías urbanas del municipio.

Requisitos:

Abonar previamente la tasa municipal correspondiente fijada en la Ordenanza municipal en el edificio municipal de la calle Franja, haciendo constar que el objeto de la tasa es solicitud de atestado de tráfico.

Le facilitarán dos copias (blanca y azul). El solicitante debe dirigirse al Cuartel de la Policía Local ( C/Tuy) dependencias de Atestados de Tráfico para recoger el atestado previa entrega de la copia blanca de la tasa.

Precio / Coste:

Tasa: la tasa se establece anualmente en la Ordenanza Fiscal nº 01, Reguladora de la tasa por tramitación o expedición de documentos administrativos.

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Relaciones Institucionales, Turismo y Seguridad Ciudadana

Más información:

Presentación

Plazo de presentación:

Plazo para solicitarla: Sin plazo.

Plazo máximo de resolución y notificación: Según la Ley de Procedimiento Administrativo 10 días (Puede ocurrir que el atestado no esté finalizado en dicho plazo por la falta de diligencias que no pudieron ser cumplimentadas: declaraciones de testigos, de implicados, diligencias de averiguaciones, etc).

Documentación necesaria:

Solicitud haciendo constar el número de registro, fecha del accidente, lugar, matrícula o matrículas de los vehículos implicados y carácter con el que actúa.

MUY IMPORTANTE: TELÉFONO DE CONTACTO.

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Solicitud general: Solicitud debidamente cumplimentada. En el caso de que se solicite telemáticamente a través de esta sede electrónica, mediante el formulario web al que se acceda. Si la presentación es presencial no será necesario. Haciendo constar el número de registro, fecha del accidente, lugar, matrícula o matrículas de los vehículos implicados y carácter con el que actúa, así como el teléfono de contacto.

Documentos identificativos: Documento acreditativo de identidad en el momento de efectuar la recogida del atestado junto con la hoja blanca de la tasa correspondiente.

¿Cómo se hace?:

De forma presencial en el Registro General del ayuntamiento. Direcciones:

  • Ayuntamiento de A Coruña. Plaza de María Pita nº 1. C.P. 15001 A Coruña.
  • Fórum Metropolitano. Calle Río de Monelos nº 1. C.P. 15006 A Coruña.
  • Centro Sociocultural Ágora. Rúa Ágora s/n. C.P. 15010 A Coruña.

Internet

¿Qué se necesita?:

A través del Registro Telemático NO se requiere identificación con DNI electrónico, certificado digital avanzado y reconocido, ni ningún otro medio reconocido por la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña.

¿Cómo se hace?:

En primer lugar es necesario verificar si el accidente en cuestión ha sido registrado como atestado de tráfico; para ello habría que contactar vía correo electrónico atestados@coruna.es solicitando si, efectivamente, el expediente ha sido registrado por dicho unidad.

Para ello será necesario indicar la fecha del accidente, el lugar y la matrícula o matrículas de los vehículos implicados e indicar el carácter con el que actúa el solicitante de la información (implicado, representante).

Muy importante: Se deberá hacer constar el encabezamiento SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE SINIESTRO. La unidad de atestados le contestará por correo electrónico si dicho accidente está registrado o no. En el primer caso le informarán de su número de registro y en el segundo le contestarán que no hay accidente registrado.

Recibida la solicitud, el instructor del expediente confeccionará el atestado. Finalizado éste, se pondrán en contacto telefónico con el solicitante para indicarle que lo puede recoger en mano previa identificación.

Para ello deberá abonar previamente la tasa municipal correspondiente en el edificio municipal de la c/Franja (según la Ordenanza en vigor) haciendo constar que el objeto de la tasa es solicitud de atestado de tráfico. Le facilitarán dos copias (blanca y azul). El solicitante debe dirigirse al Cuartel de la Policía Local (C/Tuy) dependencias de Atestados de Tráfico para recoger el atestado previa entrega de la copia blanca de la tasa.

Si ud. es un organismo oficial (Consorcio de Compensación, Juzgados, etc) no está sujeto a las tasas correspondientes.

IMPORTANTE. Si el policía instructor del atestado observa indicios de ilícito penal, no se facilitará copia al solicitante en estas dependencias, por lo que informará al solicitante de que para la obtención de una copia del mismo deberá acudir al Juzgado al que fueron remitidas las diligencias canalizándose este proceso a través de un abogado que le represente.

Página web:

TRAMITAR

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

Según la Ley de Procedimiento Administrativo 10 días (Puede ocurrir que el atestado no esté finalizado en dicho plazo por la falta de diligencias que no pudieron ser cumplimentadas: declaraciones de testigos, de implicados, diligencias de averiguaciones, etc).

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos posibles:

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano administrativo que lo hubiere dictado en un plazo de UN MES, o directamente recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso administrativo con sede en Coruña que por turno corresponda, en el plazo de DOS MESES; en ambos casos, el plazo que se dice se contará a partir del día siguiente al de la fecha de recepción de la presente notificación ( art 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ).

Si opta por la interposición del recurso de reposición se le advierte:

  • Que no podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
  • Que transcurrido el plazo de un mes, desde su presentación, sin que se hubiera notificado la resolución se entenderá desestimado, a los efectos de interponer el recurso contencioso administrativo.
  • Que contra resolución del recurso de reposición podrá interponer el recurso contencioso administrativo, ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativo antes citado, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de su notificación, si fuera expresa y, si no lo fuera , en el plazo de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la desestimación presunta.Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponer, cualquier otro recurso que se estime procedente.

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