GRLV
Presencial
Descarga del formulario
Sancionador
Medio ambiente
Medio Ambiente, Sanidad, Cementerios, Parques y Jardines
Si
Se inicia el procedimiento por informe emitido por la Policía Local, la Policía Nacional o el Servicio de inspección ambiental por incumplimiento de la ordenanza de gestión de residuos y limpieza viaria.
Sancionador por infracción ordenanza gestión residuos y limpieza viaria
Personas físicas o jurídicas.
Ninguno.
Titular de la Concejalía Delegada de Medio Ambiente y Sostenibilidad.
Sin perjuicio de la sanción que corresponda, los infractores están obligados a la reposición o restauración de la realidad física alterada a su estado anterior a la infracción cometida. La exigencia de estas medidas, que incluyen las posibles indemnizaciones por daños y perjuicios, podrá hacerse efectiva en el propio procedimiento sancionador o, en su caso, en otro complementario.
Normativas relacionadas
Sin plazo.
El procedimientino se iniciará de oficio en el momento en el que se tenga conocimiento del incumplimiento de la ordenanza de gestión de residuos y limpieza viaria.
Documentos relacionados
Cubrir el impreso de solicitud dirigido al Servicio de Medio Ambiente y demás documentación que se indica en el apartado Documentación necesaria.
En las Oficinas de registro municipales estará disponible el formulario de solicitud específico, que también se puede descargar desde esta página.
También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Negativo.
Contra la Resolución que se dicte se podrán interponer los siguientes recursos:
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