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Programa del bono de las personas autónomas

Subvenciones para la mejora de la competitividad de la actividad empresarial o profesional de los empresarios autónomos

¿A quién va dirigido?:

Personas beneficiarias:

1. Las personas trabajadoras autónomas individuales o en mutualidad de colegio profesional, que tengan domicilio fiscal en galicia:

•antigüedad ininterrumpida de más de 42 meses.

•año 2018:   

-rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del irpf anual inferior a 30.000€   

-facturación mínima anual de 12.000 euros, iva incluido 

2. Las sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en galicia y que cumplan los siguientes requisitos:

•tener una persona autónoma societaria con antigüedad ininterrumpida a fecha de solicitud de más de 42 meses.

•facturación mínima anual/empresa de 12.000€, iva incluido en la última declaración

•base imponible en el impuesto de sociedades inferior a 30.000€ 

Quedan excluidos:

•los familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas o mutualistas de colegio profesional y que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena.

•las personas beneficiarias del bono de las personas autónomas de las 2 convocatorias anteriores (2017 y 2018)

A quién va dirigido:

Para público en general

Cuándo:

Desde el 03/07/2019 hasta el 02/08/2019

Ya ha finalizado

Inscripciones:

Hasta el 02/08/2019

Remuneración / Dotación:

CUANTÍA: 80% de la actividad a subvencionar (máximo 3.000€ por el conjunto de actividades subvencionables, mediante pago anticipado)

Página web:

https://www.xunta.gal/dog/publicados/2019/20190702/anunciog0424-210619-0010_gl.pdf

Subvenciones para la mejora de la competitividad de la actividad empresarial o profesional de los empresarios autónomos:

Línea 1: Mejora de la competitividad a través de los siguientes servicios

•Investigación de mercado.

•Plan de marketing.

•Plan de comunicación del negocio

•Plan estratégico del negocio

•Plan crecimiento: constitución sociedad

•Plan de reorientación del negocio

•Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio

•Plan refinanciación

•Otros estudios y planes (como fin aumentar competitividad empresa)  Podrá ser computable como gasto subvencionable el pago del importe de la cofinanciación privada de los servicios contratados con el IGAPE a través del programa Re-Acciona en su convocatoria para el ejercicio del 2019 y sucesivas, por parte de las personas trabajadoras autónomas.

Línea 2: Mejora de la competitividad  a través de las siguientes inversiones:

•Compra de maquinaria

•Compra de utillaje y herramientas

•Reforma del local del negocio

•Equipos informáticos

•Rótulos

•Aplicaciones informáticas y páginas web

•Creación logotipo del negocio

•Mobiliario

En las solicitudes las líneas 1 y 2 no son excluyentes entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran.Desde el 03/07/19 hasta la fecha indicada en la resolución (máx. 31/12/19)

CUANTÍA: 80% de la actividad a subvencionar (máximo 3.000€ por el conjunto de actividades subvencionables, mediante pago anticipado)

PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 02/08/2019 (ayudas en régimen de concurrencia no competitiva)

DOG: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20190702/AnuncioG0424-210619-0010_gl.pdf

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