Ayuntamiento de A Coruña

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CONVENIO ASOCIACIÓN SINDROME DOWN PARA UN PROGRAMA DE ADIESTRAMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN Y MEJORA DE LAS HABILIDADES DE COMUNICACIÓN PERSONAL Y SOCIAL PARA PERSONAN CON SINDROME DE DOWN Y OTRAS DISCAPACIDADES INTELECTUALES

Año:

2017

Tipo:

Subvenciones nominativas

Fecha de publicación:

6 de noviembre de 2017

Plazo de presentación:

Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al  presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, la entidad ASOCIACIÓN DOWN CORUÑA  deberá presentar la documentación justificativa del convenio  en el Registro General,

Objeto:

Al objeto del presente convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de A Coruña y ASOCIACIÓN DOWN CORUÑA, con la finalidad  de contribuir  a realizar las actividades de "REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO PARA La ADQUISICIÓN Y MEJORA DE Las HABILIDADES DE COMUNICACIÓN PERSONAL Y SOCIAL PARA PERSONAS CON SÍNDROME DE DOWN Y OTRAS DISCAPACIDADES INTELECTUALES", que se desarrollará durante el ejercicio 2017

Remuneración / Dotación:

20.000,00 €

Abono:

Con carácter general, el reconocimiento del deber a favor de la beneficiaria y el pago de la aportación se realizarán tras presentar y aprobar la justificación, en los términos establecidos en este convenio. Se dictará resolución declaratoria de la pérdida de derecho al cobramento total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el art. 37 LXS.

También podrán realizarse pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. En este caso, la entidad beneficiaria deberá solicitarlo expresamente y deberá constituir una garantía del 2% del importe total de la subvención, que se realizará reteniendo el pago del Ayuntamiento en ese porcentaje, ya sea sobre el primero pago anticipado o sobre varios hasta alcanzar esta cuantía. Una vez efectuada la debida justificación y no existiendo responsabilidad por parte de la entidad beneficiaria, se devolverá la cantidad retenida en concepto de garantía.

Entidad:

ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN A CORUÑA

Documentos:

CONVENIO DOWN CASTELLANO (100 KB)

CONVENIO DOWN GALLEGO (96 KB)

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