Ayuntamiento de A Coruña

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CONVENIO FEDERACIÓN GALLEGA DE ENFERMEDADES RARAS Y CRÓNICAS PARA UN PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON ENFERMEDADES RARAS Y/O CRÓNICAS

Año:

2016

Tipo:

Subvenciones nominativas

Fecha de publicación:

24 de octubre de 2016

Plazo de presentación:

Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al  presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, la entidad FEDERACIÓN GALEGA DE ENFERMEDADES RARAS E CRÓNICAS.FEGEREC deberá presentar la  documentación justificativa del convenio en el Registro General

Objeto:

El objeto del presente convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de A Coruña y la FEDERACIÓN GALLEGA DE ENFERMEDADES RARAS E CRÓNICAS.FEGEREC con la finalidad  de contribuir  a la realización de las siguientes actividades: "Realización de un programa de integración social de las personas con enfermedad rara y/o crónica", que se desarrollará durante el ejercicio 2016

Remuneración / Dotación:

13.000,00 €

Abono:

Con carácter general, el reconocimiento de obligación a favor del beneficiario y el pago de la aportación se realizarán tras la presentación y aprobación de la justificación en los términos establecidos en este convenio. Se dictará resolución declaratoria de la pérdida de derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el Art. 37 de la LGS.

También podrán realizarse pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. En este caso, deberá ser solicitado expresamente por la entidad beneficiaria y deberá constituirse una garantía del 2% del importe total de la subvención, que se realizará mediante la retención del pagado por el Ayuntamiento, ya sea sobre el primer pago anticipado o sobre varios hasta alcanzar esta cuantía. Una vez efectuada la debida justificación y no existiendo responsabilidad por parte de la entidad beneficiaria, se procederá a la devolución de la cantidad retenida en concepto de garantía.

Entidad:

FEDERACIÓN GALLEGA DE ENFERMEDADES RARAS E CRÓNICAS (FEGEREC)

Documentos:

Texto convenio FEGEREC en castellano (117 KB)

Texto convenio FEGEREC en gallego (114 KB)

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