Ayuntamiento de A Coruña

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CONVENIO CON LA ASOCIACIÓN CORUÑESA DE ESCLEROSIS MULTIPLE PARA LA REALIZACIÓN DE UN SERVICIO DE TERAPIA OCUPACIONAL Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DIRIGIDA A PERSONAS CON ESCLEROSIS MULTIPLE

Año:

2016

Tipo:

Subvenciones nominativas

Fecha de publicación:

23 de agosto de 2016

Plazo de presentación:

Finalizada la actividad, o bien cuando la entidad realizara gastos por importe igual o superior al presupuesto presentado y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la finalización de la vigencia del convenio, la entidad ASOCIACIÓN CORUÑESA DE ESCLEROSIS MULTIPLE deberá presentar la documentación justificativa del convenio en el Registro General

Objeto:

El objeto del presente convenio es establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de A Coruña y la ASOCIACIÓN CORUÑESA DE ESCLEROSIS MÚLTIPLE con la finalidad  de contribuir  a la realización de las siguientes actividades: "Realización de un servicio de terapia ocupacional y promoción de la autonomía personal dirigido a personas con esclerosis múltiple", que se desarrollará durante el ejercicio 2016

Remuneración / Coste:

7.000,00 €

Abono:

Con carácter general, el reconocimiento de obligación a favor del beneficiario y el pago de la aportación se realizarán tras la presentación y aprobación de la justificación en los términos establecidos en este convenio. Se dictará resolución declaratoria de la pérdida de derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el Art. 37 de la LGS.

También podrán realizarse pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. En este caso, deberá ser solicitado expresamente por la entidad beneficiaria y deberá constituirse una garantía del 2% del importe total de la subvención, que se realizará mediante la retención del pagado por el Ayuntamiento, ya sea sobre el primero pago anticipado o sobre varios hasta alcanzar esta cuantía. Una vez efectuada la debida justificación y no existiendo responsabilidad por parte de la entidad beneficiaria, se procederá a la devolución de la cantidad retenida en concepto de garantía

Entidad:

ASOCIACION CORUÑESA DE ESCLEROSIS MULTIPLE

Documentos:

Texto convenio ESCLEROSIS MULTIPLE en castellano (140 KB)

Texto convenio ESCLEROSIS MULTIPLE en gallego (132 KB)

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