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Subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma Gallega de las personas gallegas retornadas
Ayuda para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en persona retornadas.
¿A quién va dirigido?:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:
Las personas gallegas y nacidas en Galicia.
Los conyugues o personas con unión análoga a la conyugal y los/las hijos/as de las personas gallegas y nacidas en Galicia.
Las personas beneficiarias de las becas de excelencia para la juventud del exterior convocadas por la Secretaría General de la EmigraciónQuedan excluidos los autónomos colaboradores.
A quién va dirigido:
Para público en general
Cuándo:
Desde el 04/07/2019 hasta el 30/09/2019
Ya ha finalizado
Inscripciones:
Ayudas en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Requisitos:
Estar en posesión de la nacionalidad española antes del retorno a España
No haber transcurrido más de 2 años entre la fecha de su retorno a España y la fecha de presentación de la solicitud de ayuda al amparo de esta resolución
Residir y ejercer su actividad laboral o profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia
No haber sido beneficiaria de esta ayuda para la misma actividad al amparo de anteriores convocatorias.
Remuneración / Dotación:
Importe subvención: 5.000€
Incrementos (acumulativos):
Mujer (+ 1.000 €)
Centro trabajo (o domicilio fiscal, en caso carecer de centro de trabajo, en ayuntamiento rural (+ 2.000 €)
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