Ayuntamiento de A Coruña

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Programa de Retorno Voluntario de Inmigrantes

¿En qué consiste?:

La solicitud incluye:

  • La declaración de voluntariedad de retorno.
  • Datos de la entidad que presenta la solicitud.
  • Dirección del interesado/a en España y en el país de retorno.
  • Información sobre el nivel educativo y laboral así como oportunidades de formación y empleo en el país de origen.
  • Datos de identidad, situación administrativa y formación de las personas dependientes que retornarán con el solicitante.

¿A quién va dirigido?:

Personas destinatarias:

El Programa de Retorno Voluntario está dirigido a personas extranjeras con diferente estatus legal, especialmente inmigrantes que manifiestan el deseo de volver a su país de orígen al encontrarse en una situación de precariedad o en riesgo de exclusión social.

Requisitos necesarios:

  • Encontrarse en situación de falta de recursos económicos y de vulnerabilidad social por determinadas circunstancias.
  • Acreditar una permanencia en España no inferior a 6 meses.
  • Informe social de los servicios sociales del Ayuntamiento en que resida.
  • Declaración de voluntariedad de la persona interesada.

Organismo responsable:

Otros

Plazo de presentación:

Todo el año.

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

  • Fotocopia del pasaporte (si la solicitud es para una unidad familiar deberán incluirse las fotocopias de los pasaportes de todos los miembros de la unidad familiar. Si hay menores nacidos en España hay que incluir fotocopia del libro de familia y partida de nacimiento).
  • Informe social de los Centros de Servicios Sociales del ayuntamiento en el que esté empadronado.
  • Fotocopia del permiso de trabajo y residencia, si dispone del mismo.
  • Fotocopia de la tarjeta comunitaria, si es aplicable.

Internet

Teléfono

Más información:

El programa de retorno voluntario incluye los siguientes servicios:

  • Información y asesoramiento a la persona interesada.
  • Billete de retorno internacional a su país de origen, desde el lugar de su domicilio en España, contemplando el pago de la estancia, manutención y todas aquellas circunstancias excepcionales que pudieran presentarse en el tránsito.
  • Gastos imprevistos de medicamentos u otros como acompañamiento debidamente justificados.
  • Ayuda económica de viaje de 50 euros por cada miembro de la unidad familiar.
  • Ayuda económica para la reinserción en el país de origen.

Documentos relacionados

  • Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema (1 MB)

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