El ámbito de los polígonos podrá ser modificado, de oficio o a instancia de parte, con los siguientes condicionantes:
La delimitación del ámbito de los polígonos podrá ser reajustada de oficio o a instancia de parte.
La documentación precisa para iniciar un procedimiento de modificación de ámbito de los polígonos es la siguiente:
La documentación puede presentarse además de en el Área de Urbanismo en cualquier otro registro municipal, así como en todos aquellos que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
¿Dónde se hace?
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