Autorización municipal para circular por las vías urbanas a aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas y para vehículos pesados de más de 3.500 kg.
Para circular en vías urbanas con vehículos que transporten mercancías peligrosas y/o con vehículos pesados de más de 3.500 kg, será necesario la obtención de la preceptiva autorización municipal regulada en los artículo 94 y 99 de la ordenanza municipal de transportes.
La autorización concedida dispone de validez anual, expirando el 31 de diciembre de cada año natural.
También te puede interesar
Normativas relacionadas
Trámites relacionados
Lo sentimos pero tu navegador es muy antiguo para poder mostrar esta página. Debes de actualizarlo o usar un navegador compatible. Hemos optimizado esta web para Google Chrome, Mozilla Firefox, Opera, Safari y Microsoft Edge. Instalar ahora un navegador compatible