Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

Coruña Sostenible

Área de Economía y Planificación Urbana

COLEGIO SANTA MARIA DEL MAR

Condiciones del servicio

1.- Titular:

COLEGIO SANTA MARIA DEL MAR

Avenida do Pasaxe, 69

15006 A Coruña

CIF: R 1500012 H

2.- Dirección de la instalación:

La misma.

3.- Actividad:

Centro de enseñanza:

CNAE: 8510/ 8520/ 8531/ 8541

RDPH: Clase 1, Grupo 0, Sector Servicios

4.- Tipología de aguas residuales:

-    Aguas fecales sanitarias + aguas de cocina.

-    Aguas pluviales

5.- Punto de conexión al Alcantarillado Municipal:

El saneamiento del colegio Santa María del Mar, se conecta a la Red Municipal, a través de un bombeo. La impulsión de dicho bombeo está en las coordenadas UTM:

N: 43.333299

W: 8.387787

6.- Arqueta separadora de aceites y grasas:

Se encuentra ubicada a la salida del conducto de saneamiento del edificio de la cocina. Según plano del expediente.

7.- Arqueta de control:

Se encuentra situada en el lateral anterior del pozo de bombeo.

8.- Caudal de vertido de aguas fecales sanitarias + cocina:

8.000 m3/año - 32 m3/día.

9.- Volumen de agua consumida de la Red Pública Municipal:

9.124 m3/año.

10.- Valores límite de emisión y parámetros a controlar: 

Valor medio diario máximo

Valor instantáneo máximo

Aceites y grasas

100 mg/l

150 mg/l

Amoniaco

30 mg/l

30 mg/l

DBO5

500 mgO2/l

1.000 mgO2/l

DQO

1.000 mgO2/l

1.500 mgO2/l

Nitrógeno amoniacal

30 mg N/l

50 mg N/l

Nitrógeno total

40 mg N/l

50 mg N/l

PH

5,5 - 9

5,5 - 9

Sólidos en suspensión

500 mg/l

1.000 mg/l

Tensioactivos aniónicos

6 mg MBAS/l

20 mg MBAS/l

11.- Horario de Vertido:

Será el horario oficial autorizado de funcionamiento del punto de venta.

12.- Plazo para adaptarse a los límites de vertido:

Según la documentación aportada, ya cumple la instalación en este momento los límites de Vertido.

13.- Programa de control de Vertidos:

.    Cada trimestre se realizará una analítica en la arqueta de control de los parámetros relacionados en el apartado 10) de esta Autorización.

.    Tanto la toma de muestras como la analítica se han de realizar por laboratorio homologado.

.    Cada año se enviaran al Ayuntamiento los resultados de las analíticas trimestrales y anuales.

.    Cada año se enviarán al Ayuntamiento los recibos del Gestor autorizado de aceites y grasas de la arqueta separadora.

.    Cada año se enviará al Ayuntamiento el consumo de agua de la Red Pública.

14.- Plazo y validez del permiso de Vertido:

Ocho años desde la Notificación de la concesión de la Autorización de Vertido, salvo los condicionantes del Artículo 15.5 de la citada Ordenanza Municipal.

15.- Actuaciones y medidas que deben de ser puestas en caso de emergencia:

Si una analítica de las recogidas trimestralmente da valores por encima de los límites, deberá de comunicarse, antes de 24 horas al Ayuntamiento para tomar las medidas oportunas.

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