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Recursos humanos
Sector público
Personal y Recursos Humanos
Si
Solicitud de reconocimiento del grado de progresión en el sistema transitorio de la carrera administrativa horizontal.
Solicitud reconocimiento de grado carrera administrativa horizontal 2026
Desde el 18/06/2026 hasta el 16/07/2026
Personal funcionario o laboral del Ayuntamiento de A Coruña.
Podrán acceder al procedimiento extraordinario de reconocimiento de grado del sistema transitorio de la progresión en la carrera administrativa, de conformidad con el establecido en la base 7 del acuerdo, el personal que cumpla los siguientes requisitos:
a) Estar incluido en el ámbito de aplicación definido en la base 2 del acuerdo para la implantación del sistema transitorio de reconocimiento de la progresión en la carrera administrativa del Ayuntamiento de A Coruña aprobado mediante acuerdo de la Xunta de Gobierno Local en la sesión del 12/04/2023 (BOP núm. 73 del 18/04/2023).
b) Estar en situación de servicio activo en el Ayuntamiento de A Coruña o servicios especiales desempeñando un puesto de trabajo o cargo en el Ayuntamiento de A Coruña, o en cualquier otra situación administrativa que suponga reserva de plaza en el plazo de presentación de solicitudes.
c) Tener la condición de personal funcionario o laboral de este Ayuntamiento a 31/12/2025.
d) Presentar la solicitud de reconocimiento de grado en el plazo y según el procedimiento electrónico establecido en esta convocatoria.
e) Obtener una evaluación favorable con una puntuación mínima de 4 puntos segundo el baremo establecido en la base 4.4 apartados la), b), c), d), y), f) y g) del acuerdo del sistema transitorio de reconocimiento de la progresión en la carrera administrativa del personal del Ayuntamiento de A Coruña
f) Cumplir los siguientes requisitos de permanencia desde la toma de posesión en el Ayuntamiento de A Coruña en la misma escala, subescala, clase y grupo/subgrupo de clasificación profesional en el que se solicita el reconocimiento de grado:
− Para el acceso al grado inicial y grado I: 5 años de antigüedad a 31/12/2025.
− Para el acceso al grado II: 10 años de antigüedad a 31/12/2025.
− Para el acceso al grado III: 15 años de antigüedad a 31/12/2025.
− Para el acceso al grado IV: 20 años de antigüedad a 31/12/2025.
A los efectos de completar el período de permanencia en cada grado, se computará el tiempo transcurrido en la situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa que suponga reserva de plaza en la misma escala, subescala, clase y grupo/subgrupo de clasificación profesional.
El desempeño de puestos de trabajo con jornadas de trabajo inferiores a la común, no afectará al cómputo del tiempo de servicios prestados, sin perjuicio de la reducción del complemento que les corresponda en el porcentaje de reducción de jornada.
Ninguno
Concelleiro responsable de Economía e Planificación Estratéxica, por delegación da Xunta de Goberno Local do 4/07/2024 (BOP núm. 129, do 5/07/2024)
En el año 2026 se abonará el 65% de las cuantías establecidas en el acuerdo del sistema transitorio de la progresión en la carrera administrativa de conformidad con la previsión establecida en la base transitoria primera.
Normativas relacionadas
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 18/06/2026 al 16/07/2026 (ambos incluídos).
Deberá disponer de certificado digital .
Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para tramitar dicha solicitud, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.
A través de esta Sede Electrónica municipal.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=2022
El establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Desestimatorio
Recursos
De acuerdo con el previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición en el plazo de un mes ante lo mismo órgano que la dictó o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa contados a partir del día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta.
Otras versiones
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