Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

SELECPRESCO

Selección de entidad colaboradora bonos PRESCO

Canales:

Telemático

Nivel de tramitacion electronica:

Tramitación electrónica

Tipo:

Contratación pública

Materia:

Sector público, Trámites y gestiones, Comercio

Órgano responsable:

Economía y Hacienda

Vigente:

Si

Procedimento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la gestión, entrega y distribución de los fondos correspondientes a las ayudas para la dinamización de la actividad económica y comercial de A Coruña mediante los bonos PRESCO

Convocatoria del procedimiento de SELECCIÓN DE UNA ENTIDAD COLABORADORA para la gestión, entrega y distribución de los fondos correspondientes a las ayudas para la dinamización de la actividad económica y comercial de A Coruña: sector del comercio minorista, sector hostelero, sector cultural, sector del taxi y para las peluquerías y otros tratamientos de belleza, a través de los Bonos PRESCO 2021.

Se entiende por entidad colaboradora aquella que, actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entregue y distribuya los fondos públicos a los beneficiarios cuando así se establezca en las bases reguladoras, o colabore en la gestión de la subvención. Estos fondos, en ningún caso, se considerarán integrantes de su patrimonio.

Selección de entidad colaboradora bonos PRESCO 2021

Inscripciones:

Desde el 06/08/2021 hasta el 16/08/2021

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Entidades de crédito de acuerdo con el artículo 1 da Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

Requisitos:

  • No estar incursa en causa de exclusión o prohibición de obtener la condición de entidad colaboradora.
  • Acreditar experiencia  en la gestión económica financiera con administraciones públicas. 
  • Tener oficinas comerciales abiertas en A Coruña.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones con la Hacienda Pública del Estado,  la Administración Autonómica de Galicia y con la Seguridad Social. 
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones con el Ayuntamiento de A Coruña (La verificación corresponderá al ayuntamiento salvo oposición expresa a su consulta).

Precio / Coste:

Ninguno

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Economía, Hacienda y Régimen Interior

Más información:

La compensación económica a recibir por la entidad colaboradora seleccionada será de hasta  50.000 € de acuerdo con el artículo 7 de la convocatoria.

Criterios de selección de la entidad colaboradora:

Propuesta técnica que describa con la amplitud y detalle precisos todos los elementos necesarios para la articulación de la colaboración solicitada (hasta 70 puntos). 

Se valorará la calidad, usabilidad y disponibilidad de las aplicaciones informáticas necesarias para el desarrollo del programa y de los sistemas de control de la entregas de las ayudas a los operadores económicos. 

Experiencia en el desarrollo de campañas similares nos últimos tres años (hasta 30 puntos). 

Se tendrá en cuenta el alcance de esas campañas en lo relativo a la población atendida, presupuesto gestionado y tiempo de vigencia.

Presentación

Plazo de presentación:

10 días naturales desde la publicación en el BOP de A Coruña de las bases de la convocatoria. Por lo tanto, el plazo se inicia el 6 de agosto, finalizando el siguiente día 15.

Al ser este último día inhábil, se prorroga el plazo de presentación hasta el lunes 16, en aplicación del artículo 30.5 de la Ley 39/2015 .

Documentación necesaria:

  • Escritura de constitución/modificación.
  • NIF de la entidad solicitante.
  • Habilitación para operar como entidad de crédito
  • DNI/NIE de la persona representante.
  • Poderes acreditativos de la representación de la persona que firma la solicitud de participación. 
  • Declaración responsable de no estar incursa en causa de exclusión o prohibición para obtener la condición de entidad colaboradora del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia.
  • Propuesta técnica, memoria y toda la documentación que, a juicio de la entidad, permita a la  Administración valorar la solicitud conforme os criterios objetivos fijados en el artículo 6.
  • Certificado de estar al día en los pagos a la Seguridad Social, AEAT y ATRIGA.
  • Certificado de estar al día en los pagos al ayuntamiento, en caso de oponerse a su comprobación. 

Canales de presentación

Presencial

¿Cómo se hace?:

Este trámite sólo se puede efectuar por vía telemática.

Internet

¿Qué se necesita?:

  • Deberá disponer de certificado digital.
  • Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la subvención que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
  • En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

  • A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

https://sede.coruna.gob.es/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=1562

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución a las entidades interesadas será de ocho días hábiles contados a partir del día siguiente al de la aprobación del informe de valoración de las solicitudes.

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos posibles:

  • Recurso potestativo de reposición.
  • Recurso contencioso-administrativo.

¿Qué te parece esta sección?

-101-101-101

¡Tienes un navegador demasiado antiguo!

Lo sentimos pero tu navegador es muy antiguo para poder mostrar esta página. Debes de actualizarlo o usar un navegador compatible. Hemos optimizado esta web para Google Chrome, Mozilla Firefox, Opera, Safari y Microsoft Edge. Instalar ahora un navegador compatible

Iniciar sesión