Ayuntamiento de A Coruña

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Cuándo:

17 de marzo de 2020

Guía de actuación para el CIM ante situaciones de violencia de género con convivencia durante el Estado de Alarma

El ayuntamiento informa de los pasos que hace falta seguir en estos casos durante la vigencia del Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo, y en sus posibles prórrogas

La finalidad de esta guía es unificar la primera respuesta y optimizar la atención de las y de los profesionales sociales y de la Policía Local en los casos de violencia de género con convivencia durante el confinamiento. Ante la cuarentena obligatoria fijada después de que fuera determinado el Estado de Alarma, surge la preocupación especial por ciertos grupos de riesgo y, en concreto, (al que esta guía se refiere), por las mujeres y menores en situación de violencia de género que puedan estar confinadas en sus viviendas con sus maltratadores. Esta guía pretende unificar criterios en caso de que una de estas mujeres o menores contacte con el Centro de Información a las Mujeres (CIM) para solicitar atención telefónica o telemática.

Es un documento de trabajo que se podrá ir adaptando según las necesidades y que no limita una valoración profesional diferente de un caso en concreto.

1. Si la llamada es de una mujer o menor que esté sufriendo la agresión, en ese momento contactará inmediatamente con el 091/092/062 (dependiendo de la aparente localización de la/s víctima/s) y, adicionalmente, si fuera necesario, con el correo electrónico sala092@coruna.es, por el medio más rápido posible (procurando no cortar la conexión con la mujer) para recabar el máximo de información empezando por DÓNDE está localizada en ese momento.

2. En caso de una consulta sobre violencia de género en general, si la persona que llama es la propia interesada, se le facilitará la información requerida conforme a la práctica habitual del CIM y a los conocimientos profesionales. Se tendrá en cuenta que si se trata de una usuaria nueva, le van a preguntar si opta por consulta anónima o identificada y, en este caso, a los efectos de la normativa de protección de datos, se le pedirá autorización expresa para tomar sus datos. Si la respuesta es positiva, se recogerán por lo menos los siguientes datos: 1. DOMICILIO en el que reside (en el que está, aunque esté empadronada en otro sitio), incluido el ayuntamiento de residencia. 2. Nombre completo 3. Número de DNI/NIE/ referencia de su pasaporte (si no tiene NIE) 4. Teléfono de contacto.

En la ficha que se realice de la entrevista quedará constancia, bajo diligencia de la funcionaria actuante, de que se proporcionó esa información por teléfono y se le indicará que sus datos serán utilizados para su atención social y gestión de su seguridad. Si la persona usuaria requiere más información, se le facilitará la establecida en la ficha de protección de datos que habitualmente se maneje y, si se da el caso, se le podrá enviar una copia al correo electrónico que la usuaria indique.

Si de la entrevista se constata que existe (según las manifestaciones de la mujer) violencia de género y que están compartiendo o se encuentran en el mismo domicilio víctima y maltratador, se actuará de la siguiente forma: Si la mujer/menor hace referencia a sucesos pasados y/o riesgo de repetición (sean físicos, incluidas las agresiones sexuales, o psicológicos), la/el profesional la escuchará activamente, le prestará en su caso la atención emocional que demande y la informará sobre la denuncia y los servicios de guardia del turno de oficio así como de la posibilidad de salir del domicilio por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, conforme a lo que dispone el real decreto que establece el estado de Alarma.

Si la mujer no puede salir del domicilio por sí misma (riesgo de que la pareja lo impida), se avisarán las fuerzas y cuerpos de seguridad. EN ESTE CASO, SI LA POSIBLE VÍCTIMA RESIDE EN El TÉRMINO MUNICIPAL DE A CORUÑA, SE AVISARÁ DIRECTAMENTE AL PERSONAL DE LA SALA DEL 092, QUE PODRÁ ACUDIR Al DOMICILIO PARA REALIZAR UN INFORME DE LA SITUACIÓN Y GARANTIZAR LA POSIBILIDAD DE QUE LA VÍCTIMA SALGA DE LA VIVIENDA A LOS EFECTOS DE PODER ACUDIR A INTERPONER LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE. Quedarán en manos de los agentes actuantes otro tipo de medidas, incluida la presentación de persona detenida si esto procede. En este supuesto, si desde la Sala no se puede dar respuesta, se contactará directamente con los siguientes teléfonos con el fin de gestionar la situación: 618800321 o 629890998.

Si la llamada la realiza una tercera persona (amistades, familia, vecindario, etc.) y tiene datos de una agresión actual, se derivará la llamada a las fuerzas y cuerpos de seguridad según corresponda (si es en el término municipal de A Coruña, 091/092; si es en el ámbito rural, 062), y se le informará de su deber de denunciar conforme a la ley. En este contexto, y salvo petición expresa y directa de la propia víctima usuaria, NO se les realizarán llamadas directas a las mujeres que puedan estar conviviendo con el agresor debido al riesgo para ellas al recibirlas en presencia del potencial maltratador. Aun así, se les facilitarán a las personas preocupadas las formas de contacto directo para que la mujer se comunique con el personal técnico del CIM de la manera más flexible posible.

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