CSMIAEAC
Telemático
Tramitación electrónica
Ayudas, becas y subvenciones
Sector público, Comercio
Empleo, Empresa, Turismo, Puerto, Mercados, Consumo
Si
La finalidad de esta convocatoria es promover la consolidación del tejido comercial, profesional, hostelero y en general empresarial, así como apoyar el mantenimiento y creación de empleo que genera este sector económico en el municipio de A Coruña tras la crisis del Covid-19.
Este tejido empresarial está compuesto, en su mayoría, por microempresas y, principalmente, por personas trabajadoras autónomas, a quién se dirigen estas subvenciones para el mantenimiento de la actividad económica, conforme se señala en las siguientes bases.
Subvenciones para el mantenimiento e impulso de la actividad económica en el término municipal de la coruña, en el marco de plan de reactivación económica y social de la Coruña (presco) en el ejercicio 2022
Desde el 16/08/2022 hasta el 16/09/2022
Las personas físicas trabajadoras autónomas que estén de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional.
las personas físicas trabajadoras autónomas socias de sociedades, de cualquier clase, que tengan la condición de microempresa con personalidad jurídica propia y legalmente constituidas.En el caso de las sociedades civiles, deberán estar constituidas mediante escritura pública otorgada ante Notario y estar debidamente registradas para poder tener la condición de beneficiarias de estas subvenciones.
Son requisitos exigibles a las personas beneficiarias, que deberán estar cumplidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el plazo de ejecución de la actividad subvencionada, además de los previstos con carácter general en los artículos 11 y 13 de la Ley general de subvenciones y los específicamente fijados en los apartados anteriores, los siguientes:
Requisitos comunes:
Requisitos específicos:
Ninguno
Titular de la Concejalía Delegada de Innovación, Industria, Empleo y Consumo
Fecha de publicación de las bases en el BOP núm 128 de 7 de julio de 2022
Normativas relacionadas
Procedimiento de tramitación telemática obligatoria.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Desestimatorio
Recursos posibles:
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