15 de octubre de 2015
"Cumplimos un punto fundamental de nuestro programa, articulando medidas y recursos nuevos desde el ámbito municipal ante las urgencias que aún no solucionaron otras políticas públicas", destaca Silvia Cameán, concejala de Xustiza Social.
La Renta Social Municipal atenderá a las personas sin derecho a RISGA y ofrecerá una cuantía que irá del 100% del IPREM como máximo para unidades de convivencia con un único miembro, y hasta el 200% en caso de familias (aumentará en 20 puntos porcentuales por cada miembro).
El Ayuntamiento de A Coruña ya tiene lista la Renta Social Municipal, la ayuda que servirá para cubrir las necesidades básicas de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y que no tienen derecho a la Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA). Se trata de una ayuda periódica que estará vinculada al establecimiento de itinerarios de inclusión activa de la persona beneficiaria, con el objetivo “de lograr su mejora personal y social y la de su unidad de convivencia, y también la mejora de su autonomía, participación e integración normalizada”. “El Gobierno local cumple con un punto fundamental de nuestro programa, articulando medidas y recursos nuevos desde el ámbito municipal ante las urgencias que aún no solucionaron otras políticas públicas”, destaca la concejala de Xustiza Social e Coidados, Silvia Cameán, quien avanza que el documento, que será presentado de forma pública a principios de la próxima semana, se le trasladará al resto de grupos municipales, con los que se dialogará antes de su traslado al Pleno. “Las políticas sociales son la prioridad de este Gobierno y así lo demostramos con este borrador de Ordenanza, en cuya elaboración se contó con la colaboración de las trabajadoras sociales del Ayuntamiento”, añade la responsable municipal.
La Renta Social va dirigida a personas en situación de vulnerabilidad social y tiene como objetivo la cobertura de las necesidades básicas (alimentación o vestuario) y de alojamiento (hipoteca o alquiler dentro del Ayuntamiento de A Coruña). Podrán acceder a esta ayuda municipal aquellas personas empadronadas en la ciudad que, en esta situación, no perciban la RISGA o a la prestación autonómica u otras de naturaleza similar que la sustituyan. Los y las beneficiarias deberán tener cumplidos los 18 años, aunque también podrán beneficiarse de esta renta menores de edad que tengan a su cargo a otras personas menores o mayores con discapacidad o calificación de dependientes. También pueden ser beneficiarias las personas menores que sean huérfanas de padre y madre y no tengan derecho a prestación.
Las y los aspirantes a recibir esta renta no podrán estar en situación de poder pedir una pensión no contributiva de jubilación. Tampoco podrán solicitarla las unidades de convivencia con una capacidad económica superior al 200% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que es el índice de referencia para la asignación de ayudas y subsidios en función de los ingresos. Del mismo modo, para poder optar a este nuevo subsidio es necesario figurar en el padrón del Ayuntamiento, y tener, como mínimo, una antigüedad en él de seis meses. No obstante, la Renta Social Municipal incluye una serie de excepciones en este apartado. Así, no tendrán que cumplir este requisito las víctimas de violencia de género, las personas emigrantes gallegas, en los términos señalados en el artículo número 3 del Estatuto de Autonomía de Galicia, y las personas que tengan reconocida la condición de refugiada. Por otro lado, los y las beneficiarias se comprometerán a participar en el itinerario de inclusión activa diseñado por la trabajadora social.
A la hora de determinar la cuantía de la nueva renta social se tendrán en cuenta los ingresos, de cualquier naturaleza y origen, de la persona solicitante y también de las personas de la unidad de convivencia de la que esta forme parte. El montante máximo de la ayuda será del 100% del IPREM para las unidades de convivencia constituidas por un único miembro, cuantía que se aumentará en 20 puntos porcentuales por cada miembro adicional que conviva, hasta el límite del 200% del IPREM. Los pagos se harán por transferencia bancaria.
Desde la Concejalía de Xustiza Social e Coidados se indica que los servicios sociales municipales orientarán e informarán a las personas interesadas en todo lo referente a los trámites y documentación de solicitud. La resolución deberá notificarse en el plazo máximo de dos meses desde la solicitud. La Ordenanza Municipal entrará en vigor a los 15 días de la publicación en el BOP del acuerdo plenario de aprobación definitiva.
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