Ayuntamiento de A Coruña

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Cuándo:

30 de diciembre de 2016

La Xunta de Gobierno local aprueba las tarifas del transporte urbano para 2017, que no experimentarán ningún incremento

El Ejecutivo municipal dio luz verde a la revisión de los precios de los viajes del autobús urbano, que se mantienen "congeladas", igual que durante este último ejercicio

La Junta de Gobierno local dio este viernes luz verde a las tarifas del Transporte Urbano Colectivo de Viajeros para el año 2017, sin que se registrara incremento alguno en el precio que pagarán las y los usuarios con respecto a este ejercicio, que también se mantuvo invariable con respecto a 2015. El reglamento de funcionamiento de este servicio, desarrollado por la Compañía de Tranvías, recoge que la concesionaria puede solicitar, si así lo considera, la revisión de los precios de forma anual.

De esta forma, la Junta de Gobierno local aprobó las tarifas para 2017, manteniéndose el precio del billete común en 1,30 euros (IVA incluido). Asimismo, en el caso de la Tarjeta General, que puede ser solicitada por los usuarios y usuarias del transporte colectivo, la aportación del Ayuntamiento será de 0,45 euros por trayecto, abonando las personas viajeras 0,85 céntimos. En el caso de la Tarjeta Social, la Administración Local aportará 0,97 euros por billete, mientras que el o la usuaria pagará 0,33 euros. En el caso de la Tarjeta Universitaria, los primeros 240 viajes tendrán una subvención por parte del ente municipal de 0,52 euros, siendo el resto de desplazamientos de 0,45 euros. La Universidade da Coruña, por su parte, abonará 0,48 céntimos también en los 240 primeros viajes de los y de las alumnas (aunque la cantidad que apuesta no crece, sí lo hace el número de trayectos que subvenciona). Los y las usuarias aportarán 0,30 euros por viaje los primeros 240 billetes, y 0,85 euros el resto.

El pasado 30 de noviembre, la Junta de Gobierno local concedió a la Compañía de Tranvías una prórroga de su concesión hasta un máximo de dos años, al haber expirado esta en virtud del Reglamento número 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera, que declaró la extinción de las condiciones adjudicadas sin procedimiento de concurrencia competitiva antes del 26 de julio de 2000 luego del transcurso de 30 años. La normativa establecía, al mismo tiempo, determinadas medidas a adoptar por la Administración para evitar consecuencias gravosas para el interés general que podrían derivarse de una interrupción del servicio en el período que va desde la fecha de extinción legal de la concesión hasta la adjudicación del nuevo contrato, como es el caso de la activación de una prórroga del servicio por un máximo de dos años.

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