Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

Generación de cartas de pago

¿En qué consiste?:

Es la posibilidad de obtención de los instrumentos de pago de recibos, de liquidaciones y autoliquidaciones

Recibos de cobro periódico:

- Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), tanto de naturaleza urbana como rústica

- Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM)

- Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

- Tasa de recogida y tratamiento de basuras.

- Tasa de Cementerios.

- Tasa por aparatos distribuidores.

- Tasa por entrada de vehículos (vados).

¿A quién va dirigido?:

Titulares de recibos o sus representantes legales y de liquidaciones y autoliquidaciones.

Organismo responsable:

Ayuntamiento

Plazo de presentación:

Todo el año

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Acreditación de la titularidad de los recibos que se solicitan.

¿Cómo se hace?:

  • De forma presencial en el Registro del Área Económica. Dirección: calle de la Franja nº 21-22, planta baja izquierda. C.P. 15001 A Coruña.
  • En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Internet

¿Cómo se hace?:

En la Oficina Virtual del Contribuyente, identificándose con DNI electrónico o certificado digital avanzado y reconocido, en la opción Recibos y Mis Liquidaciones. Una vez generado se archiva en el Buzon de Documentos de la OVC. Esta opción se recomienda siempre que se tenga certificado digital, puesto que se obtiene el documento de manera inmediata. 

En cualquier caso, en aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Oficina Virtual del Contribuyente:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

Tramitación telemática

Certificado digital:

Si

Teléfono

Otros trámites

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