Ayuntamiento de A Coruña

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Ayudas económicas para promover el autocuidado de personas cuidadoras de personas dependientes

El objeto de esta convocatoria de ayudas económicas es promover el bienestar y el autocuidado de personas cuidadoras de personas dependientes sufragando gastos realizados en el 2022 de respiro familiar y otros destinados directamente al bienestar de la persona cuidadora.

¿A quién va dirigido?:

A persoas cuidadoras de personas dependientes que tengan reconocido un grado III de dependencia y que estén atendidas por el servicio de ayuda en el hogar municipal en su modalidad de dependencia.

Además, la persona deberá:

  • Disponer de DNI/ NIE.
  • Estar empadronado/a en el Ayuntamiento de A Coruña en el mismo domicilio que la persona dependiente a la que se refieren los cuidados.
  • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias.

Organiza:

Concejalía de Igualdad, Bienestar social y Participación. Programa municipal de trabajo con familias.

Requisitos:

Requisitos para tener la condición de persona beneficiaria:

a) Tener la condición de personas cuidadoras de personas dependientes que tengan reconocido un grado III de dependencia y que estén atendidas por el servicio de ayuda en el hogar municipal, en su modalidad de dependencia, de acuerdo con la correspondiente resolución del programa individual de atención (PIA) de dependencia.

b) Disponer de DNI o NIE.

c) Figurar empadronada en el ayuntamiento de A Coruña en el mismo domicilio que la persona dependiente a la que se refieren los cuidados, segundo lo señalado en el apartado anterior a) de este artículo.

d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con el Ayuntamiento de A Coruña, así como con la Tesorería de la Seguridad Social.

Plazo de presentación:

El plazo para la solicitud de la ayuda será del 1/07/2022 al 16 /09/2022.

Remuneración / Coste:

Importe y gastos subvencionables:

Las ayudas tendrán un importe máximo de 500,00 euros y deberán destinarse al pago de los siguientes gastos:

  1. En horas de servicio de ayuda a domicilio a través de empresas autorizadas para que atiendan a la persona dependiente que cuido y así tener un respiro.
  2. En el pago de servicios destinados a autocuidado de la persona cuidadora como: fisioterapia, terapia psicológica, formación para el cuidado de personas dependientes, participación en terapias de grupo o en grupos de autoayuda, gimnasia, natación terapéutica, Yoga, Pilates, Tai-chi, o cualquier actividad deportiva o lúdica que tenga como finalidad promover el movimiento y el ejercicio físico de la persona cuidadora, ...

CANALES DE SOLICITUD

  • De forma presencial en los Registros Municipales que se pueden ver más abajo, en entidades relacionadas.
  • Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento de A Coruña.
  • A través del registro telemático que aparece abajo en enlaces de interés, identificándose con DNI electrónico o certificado digital avanzado y reconocido.
  • En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Más información:

Pago de la ayuda:

La ayuda se abonará inmediantamente después de la concesión, quedando obligada la persona beneficiaria a justificar los gastos antes del 31 de enero de 2023. Para ello, deberá presentarse en el registro municipal, el anexo III debidamente cubierto y acompañado de los justificantes de gasto (facturas o documentos equivalentes) y la acreditación del pago de cada uno de los gastos.

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