Se puede iniciar su desarrollo por la iniciativa pública (Ayuntamiento), o particulares legitimados para hacerlo (propietarios del suelo que acrediten tener la representación del 50% de los derechos correspondientes al ámbito que se desarrolle, o agente urbanizador autorizado por la administración).
Se iniciará el expediente mediante la presentación ante el Ayuntamiento de una solicitud de tramitación, acompañada de dos ejemplares del documento.
¿Dónde se hace?
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