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En desarrollo de los planes generales, planes parciales y especiales podrán redactarse estudios de detalle para manzanas o unidades urbanas equivalentes completas con los siguientes objetivos:
Completar o reajustar las alineaciones y rasantes.
Ordenar los volúmenes edificables.
Concretar las condiciones estéticas y de composición de la edificación complementarias del planeamiento.
¿A quién va dirigido?:
Se puede iniciar su desarrollo por la iniciativa pública (Ayuntamiento), o particulares legitimados para hacerlo (propietarios del suelo que acrediten tener la representación del 50% de los derechos correspondientes al ámbito que se desarrolle, o agente urbanizador autorizado por la administración).
Canales de presentación
Presencial
¿Qué se necesita?:
Se iniciará el expediente mediante la presentación ante el Ayuntamiento de una solicitud de tramitación, acompañada de dos ejemplares del documento.
Internet
Teléfono
Más información:
Contra el acuerdo de aprobación definitiva únicamente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación del acuerdo o desde su publicación en el D.O.G.
La documentación puede presentarse además de en el Área de Urbanismo en cualquier otro registro municipal, así como en todos aquellos que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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