Ayuntamiento de A Coruña

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BDEPOIND

Becas deportivas para deportistas individuales.

Canales:

Telemático, Presencial

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Ayudas, becas y subvenciones

Materia:

Sector público, Deporte

Vigente:

No

Convocatoria específica de ayudas en régimen de concurrencia competitiva de becas deportivas para deportistas individuales del ayuntamiento de A Coruña.

El Ayuntamiento de A Coruña, dentro de sus competencias de promoción del Deporte, y consciente de las dificultades que tienen muchos deportistas individuales para poder llevar a cabo sus entrenamientos y competiciones, por el elevado coste que suponen los desplazamientos, licencias federativas, equipaciones, etc., considera necesario aprobar una línea de ayudas a deportistas individuales que tengan el carácter de becas. En concreto, estas becas se convocan para apoyar a deportistas individuales coruñeses, como medio de apoyar y promover el deporte coruñés y, de esta forma, conseguir logros deportivos para la ciudad de A Coruña. Con estas becas se pretenden apoyar la práctica y el rendimiento deportivo, tanto en relación al perfeccionamiento técnico y la obtención de mayor rendimiento en las respectivas modalidades deportivas, como facilitando su participación en competiciones deportivas de alto nivel.

Becas deportivas para deportistas individuales 2022

Inscripciones:

Desde el 10/02/2022 hasta el 02/03/2022

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Podrán ser beneficiarios de las becas las personas físicas de nacionalidad española que sean deportistas federados, de cualquier categoría, exclusivamente en la modalidad de deporte individual.

(A los efectos de esta convocatoria se considera deporte de carácter individual todo aquel deporte que, en función de su reglamentación, sea practicado por uno o dos deportistas como máximo.)

Requisitos:

• Estar empadronado en el Ayuntamiento de A Coruña con una antigüedad de por lo menos 2 años anteriores, computados de forma consecutiva, al año en que se realice la solicitud.

• Estar en posesión de una licencia federativa durante las dos temporadas anteriores a esta convocatoria y que siga vigente para el año 2022 expedida por la Federación deportiva que corresponda.

• Acreditar nivel deportivo en la especialidad, por lo menos, en los dos años anteriores a la solicitud, y tener proyección de futuro.

• Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria estatal, el Ayuntamiento y la Seguridad Social.

• No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.

• No estar incurso en causa de exclusión o prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones).

Precio / Coste:

Ninguno.

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Deportes.

Más información:

Tipos de becas deportivas:

1) Becas destinadas a participar en Campeonatos del Mundo: 10 becas con un importe de 3.500,00 euros cada una.

2) Becas destinadas a participar en Campeonatos de Europa: 10 becas con un importe de 2.500,00 euros cada una.

3) Becas destinadas a participar en Campeonatos de España: 25 becas con un importe de 1.500,00 euros cada una.

4) Becas destinadas a participar en Campeonatos Autonómicos: 45 becas con un importe de 500,00 euros cada una.

El importe global de las ayudas objeto de la presente convocatoria es de CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00 €)

Cada deportista podrá presentar una única solicitud de beca, de acuerdo con lo establecido en la Base 6.1, indicando de modo claro el tipo de beca y la modalidad deportiva para la que solicita dicha ayuda. Por lo tanto, sólo podrá solicitarse y concederse una única beca por persona.

Presentación

Plazo de presentación:

Las solicitudes de subvención se deberán presentar en el modelo oficial establecido que se adjunta a esta convocatoria, en la Sede electrónica o en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento con destino al servicio de Deportes en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

También podrán presentarse por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La documentación justificativa de la beca deportiva deberá presentarse ante el Ayuntamiento de A Coruña, Concejalía de Deportes, una vez alcanzados los objetivos anuales establecidos en el proyecto, y en todo caso, antes del 31 de enero de 2023.

Documentación necesaria:

  • Solicitud específica debidamente cubierta
  • Licencia federativa vigente: Copia compulsada de la licencia federativa vigente expedida por la Federación Deportiva correspondiente acreditativa de la modalidad deportiva para la que solicita subvención, así como de las licencias federativas de las dos temporadas anteriores.
  • Certificado resultados deportivos: Certificado federativo acreditativo de los resultados deportivos obtenidos durante el año 2022 así como en los dos años anteriores.
  • Certificado no cumplimiento sanciones: Certificado acreditativo de la Federación deportiva correspondiente en el que se acredite que el solicitante no está cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
  • Proyecto deportivo: Proyecto deportivo para la temporada 2022, con mención expresa y obligatoria de las pruebas, campeonatos y fases clasificatorias en las que la persona deportista tiene previsto participar durante el año 2022. El proyecto deportivo deberá incluir además un plan completo de entrenamientos.
  • Declaración responsable de las subvenciones o becas solicitadas y las que le fueron concedidas para la misma actividad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional
  • Declaración responsable de no estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria a que se refiere el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Compromiso de llevar en su uniforme, material y/o equipación deportiva el logotipo del Ayuntamiento de A Coruña, en un lugar visible y de tamaño por lo menos equivalente al logotipo de sus principales patrocinadores, así como, en el caso de disponer de página web o redes sociales, se haga constar que el deportista recibe una ayuda municipal y colocando el logotipo municipal, haciendo mención de que la persona deportista está becada por el Ayuntamiento de A Coruña.
  • Empadronamiento: Certificado de empadronamiento.
  • DNI: DNI de la persona deportista, o de su representante legal, en caso de ser menor de edad.
  • Certificación bancaria: Certificación de los datos bancarios de/al beneficiario/a de la subvención (original expedido por la entidad bancaria)
  • Certificado Seguridad Social: Certificado de no deudas con la Seguridad Social
  • Certificado Agencia Tributaria: Certificado de no deudas con la Agencia Tributaria
  • Certificado Tesorería Municipal: Certificado de no deudas con la Tesorería Municipal
  • Los demás contemplados en la Ordenanza General de Subvenciones del Área de Bienestar del Ayuntamiento de A Coruña y en la Ley General de Subvenciones

Documentos relacionados

  • 2022_Solicitud becas deportistas individuales (580 KB)
  • 2022_Justificación becas deportistas individuales (860 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Consultar el apartado: "Documentación necesaria".

¿Cómo se hace?:

  • De forma presencial en el Registro General. En las ubicaciones indicadas
  • Por correo certificado dirigido al Registro General del ayuntamiento. 

En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Internet

¿Qué se necesita?:

  • Deberá disponer de certificado digital.
  • Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la suvbención que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
  • En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

  • A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=1142

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

Seis meses, a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El período utilizado para la subsanación de deficiencias y/o la presentación de documentos interrumpirá el citado plazo.

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

El plazo de presentación de subsanaciones será de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación.

En caso de optar por la subsanación telemática, deberá hacerse mediante el trámite de Aportación de documentación disponible en esta sede.

Recursos posibles:

  • Recurso potestativo de reposición
  • Recurso contencioso-administrativo

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