Ayuntamiento de A Coruña

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Cambio de titularidad actividad clasificada

¿En qué consiste?:

Consiste en la transmisión por el titular de una licencia a un tercero interesado en continuar con el ejercicio de la misma actividad en el local para el cuál se ha concedido. Para ello, la licencia ha de estar vigente y la actividad ejerciéndose, debiéndo ser la misma actividad y en el local de que se trate la pretendida por el adquirente.

Se entiende por actividad clasificada aquélla que está comprendida entre las que el Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre de 1961 (RAMINP) califica como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

  • Modelo de solicitud específico.
  • Depósito previo (ordenanza fiscal municipal nº4).
  • Copia de la licencia de apertura
  • Cesión del anterior Titular.
    En los casos de fallecimiento del titular de la actividad para la obtención de la transmisión por sus herederos, bastará la copia de la declaración de fallecimiento y declaración de herederos.
    Para aquellos supuestos en los que el dueño del local, distinto del titular de la actividad se encontrase ante un conflicto de desahucio, bastará la copia de la sentencia y en su caso del lanzamiento del arrendatario o precarista.
    Si los solicitantes constituyen una Sociedad civil o comunidad de bienes, se hará constar el nombre de todos los socios o comuneros. Si la solicitante es una persona jurídica se adjuntará el documento acreditativo de la persona que la representa.
  • Baja en IAE del anterior titular o acreditación por cualquier medio admisible en derecho que no ha estado cerrado por tiempo superior a 6 meses.)
  • Alta IAE ( o modelo 036)
  • Proyecto Técnico de adecuación de instalaciones a normativa vigente (cuando la licencia es posterior a 1998).
  • Contrato de arrendamiento o justificación de la propiedad.
  • En el supuesto de aquellas actividades susceptibles de producir molestias por ruídos por contar con instalaciones frigoríficas, de aire acondicionado, cortadoras, etc...( carnicerías, actividades relacionadas con la elaboración de muebles, puertas, ventanas, talleres mecánicos, relacionados con la actividad de reparación de automóviles y similares), se ha de presentar informe realizado por empresa homologada por la Xunta de Galicia con medición acústica en el que conste que las medidas de insonorización cumplen con lo dispuesto por el Decreto 320/2002.

Internet

Teléfono

Más información:

La documentación puede presentarse además de en el Área de Urbanismo en cualquier otro registro municipal, así como en todos aquellos que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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