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Consiste en la transmisión por el titular de una licencia a un tercero interesado en continuar con el ejercicio de la misma actividad en el local para el cuál se ha concedido. Para ello, la licencia ha de estar vigente y la actividad ejerciéndose, debiéndo ser la misma actividad y en el local de que se trate la pretendida por el adquirente.
Se entiende por actividad inocua aquélla que no está contemplada como molesta, insalubre, nociva o peligrosa de conformidad con lo establecido en el Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre de 1961.
Cesión del anterior Titular. En los casos de fallecimiento del titular de la actividad para la obtención de la transmisión por sus herederos, bastará la copia de la declaración de fallecimiento y declaración de herederos. Para aquellos supuestos en los que el dueño del local, distinto del titular de la actividad se encontrase ante un conflicto de desahucio, bastará la copia de la sentencia y en su caso del lanzamiento del arrendatario o precarista. Si los solicitantes constituyen una Sociedad civil o comunidad de bienes, se hará constar el nombre de todos los socios o comuneros. Si la solicitante es una persona jurídica se adjuntará el documento acreditativo de la persona que la representa.
Alta IAE o modelo 036.
Contrato de arrendamiento o justificación de la propiedad.
Internet
Teléfono
Más información:
La documentación puede presentarse además de en el Área de Urbanismo en cualquier otro registro municipal, así como en todos aquellos que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se trata de una vela realizada por escolares del CEIP Isidro Parga Pondal de Santa Cruz, Oleiros, con diseños y mensajes sobre la conservación del planeta.
Para visitar el Aquarium o asistir a una sesión de Planetario será imprescindible realizar una reserva de entradas, que podrá hacerse desde el sábado 10 de febrero. La entrada a la Domus será libre.
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