El sistema de compensación es un sistema de actuación indirecto para la ejecución de polígonos en suelo urbano no consolidado y en suelo urbanizable.
Son los propietarios del ámbito los que, de forma conjunta y solidaria realizan todas las acciones que conlleva la urbanización, aportan los terrenos de cesión obligatoria, realizan las obras de urbanización e infraestructuras y costean los gastos que dichas obras conllevan en la parte proporcional a la superficie de su concreta parcela; a través del proyecto de compensación se adjudican los propietarios el aprovechamiento susceptible de apropiación privada correspondiente al suelo que aportan.
Los propietarios del polígono han de constituirse en Junta de Compensación para cumplir solidariamente los deberes inherentes a la ejecución del planeamiento, equidistribución, cesión y urbanización, pero también para alcanzar de forma conjunta el derecho al aprovechamiento urbanístico que les corresponda. Es necesario que los propietarios que representen el 50% de la superficie del polígono presenten un proyecto de Estatutos y Bases de actuación, en el plazo de tres meses desde la aprobación definitiva del planeamiento que contenga la ordenación detallada.
¿Dónde se hace?
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