Ayuntamiento de A Coruña

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OCM

Oferta Contrato Menor

Canales:

Telemático

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Contratación pública

Materia:

Sector público

Vigente:

Si

Presentación electrónica de ofertas en las contrataciones menores en las que se promueva concurrencia mediante publicidad en el Perfil del contratante o solicitud de ofertas.

Ofertas Contrato Menor

Inscripciones:

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Persona física o jurídica con plena capacidad de obrar, y la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, que no se encuentre incursa en las prohibiciones de contratar a las que se refiere el artículo 71 de la LCSP, o en el caso de persona jurídica, que las prestaciones objeto de este contrato menor, estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de su actividad a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, además de los demás requisitos señalados en la declaración responsable que deberá acompañar a la solicitud según anexo II (ver impresos de solicitud, Instrucción 2/2019, sobre la actividad contractual del Ayuntamiento de A Coruña).

Requisitos:

  • Requisitos específicos definidos en el apartado anterior: "¿A quién va dirigido?".

Precio / Coste:

Ninguno.

Órgano que resuelve:

Titulares de concejalías delegadas o direcciones de área por delegación de atribuciones de la Junta de Gobierno Local.

Presentación

Plazo de presentación:

Cinco (5) días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el perfil del contratante o de la recepción de la solicitud de oferta.

Documentación necesaria:

  • Solicitud general: Solicitud de admisión.
  • Ofertas: Oferta.

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Este procedimiento solo se podrá tramitar a través de la Sede electrónica municipal, identificándose por alguno de los medios admitidos en la misma.

Internet

¿Qué se necesita?:

  • En esta sección a través del registro electrónico identificándose por alguno de los medios reconocidos por la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

Tramitar

Teléfono

Después

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos posibles:

  • Recurso potestativo de reposición
  • Recurso contencioso-administrativo
  • Recurso extraordinario de revisión

Otras versiones

Novedades

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