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Consulta pública previa de la Ordenanza reguladora del transporte urbano de personas en vehículos de turismo con persona conductora (VTC)

Vehículos a su paso por la ronda de Outeiro, en una imagen de archivo

PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS CON PERSONA CONDUCTORA (VTC) EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE A CORUÑA

Conforme con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el objeto de incrementar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza municipal reguladora del servicio de transporte urbano de personas en vehículos de turismo con persona conductora (VTC) en el término municipal de A Coruña, se realizará una consulta pública a través del portal web municipal del ayuntamiento y web municipal de Movilidad.

Condiciones de la consulta pública y fecha límite de presentación de opiniones y sugerencias

En esta consulta pública se recogerá la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

  1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  3. Los objetivos de la norma.
  4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la resolución de fecha 15 de enero de 2026 de la Concejala de Infraestructuras y Movilidad, por delegación de la Xunta de Gobierno Local, y siguiendo las instrucciones de los procesos participativos municipales, se formula la consulta pública que se contiene a continuación.

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, podrán hacer llegar sus opiniones y sugerencias sobre los aspectos incluidos en la consulta, hasta el próximo día 27 de febrero de 2026.

No será necesario que los remitentes estén identificados. Con carácter general, las aportaciones se considerarán confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones para dicha cualificación.

Muchas gracias por su colaboración en la búsqueda de una movilidad sostenible, saludable e inclusiva.

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