Ayuntamiento de A Coruña

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Registro Municipal de Asociaciones (REMAC)

El REMAC es el Registro Municipal de Asociaciones Coruñesas, en el que figuran inscritas la mayoría de asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de la ciudad.

La inscripción constituye un requisito necesario para el acceso a determinados programas, cursos formativos, uso de equipamientos municipales o subvenciones convocadas por la Administración Local.

El REMAC se regula en el art. 13 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de A Coruña.

Inscripción

Las inscripciones se realizarán siempre a petición de las entidades interesadas, que deberán presentar la solicitud normalizada a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña, acompañada de la siguiente documentación:

  • Solicitud de alta en el Registro de Asociaciones.
  • Estatutos de la asociación visados por el Registro nacional o autonómico de asociaciones (único documento a aportar en caso de modificación de la inscripción).
  • Número de inscripción en el Registro nacional o autonómico de asociaciones.
  • Certificación de las personas que ocupan los cargos directivos.
  • Certificación del número de personas socias.•    Presupuesto para el año en curso.
  • Programa de actividades para el año en curso.
  • NIF de la asociación.
  • DNI del/a presidente/a.

En el plazo máximo de quince días desde la solicitud de inscripción, y salvo que se haya requerido aportar documentación no incluida inicialmente, el Ayuntamiento notificará a la asociación su número de inscripción y, a partir de ese momento se considerará de alta a todos los efectos.

Inicia aquí el procedimiento de inscripción:

REMAC - Registro Municipal de Asociaciones de A Coruña. 

Actualización anual

Las asociaciones inscritas  deberán comunicar anualmente el presupuesto y el programa anual de actividades, así como las variaciones del número de socios.Se presentará por registro a través de la sede electrónica en el mes de enero.

Modificación de datos

Las asociaciones inscritas están obligadas a notificar al REMAC cualquier modificación de los datos aportados dentro del mes siguiente al que se produzca: cambios  en la junta directiva, modificaciones del domicilio social, teléfonos, direcciones electrónicas, forma de recibir las notificaciones, etc. 

Cancelación de la inscripción

Las asociaciones inscritas en el REMAC podrán solicitar por registro, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, la baja de la entidad en el Registro.

Además, hay varias causas por las que el Ayuntamiento podrá proceder a la  cancelación de la inscripción de una entidad:

  • La falta de comunicación de las modificaciones de datos.
  • La renuncia o cese de los directivos de la asociación sin que sean sustituidos en sus cargos.
  • La desaparición del domicilio declarado, o cualquier otra causa de la que se deduzca la desaparición de la Entidad. 

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