Ayuntamiento de A Coruña

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PCP

Participación ciudadana en el Pleno

Canales:

Presencial, Telemático

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones

Materia:

Sector público

Vigente:

Si

A través de este procedimiento podrá solicitar participar en el Pleno municipal, procedimiento que tiene por objeto hacer efectivo el derecho de intervención de la ciudadanía en los Plenos municipales en el turno público de ruegos y preguntas sobre temas concretos de interés municipal que tendrán lugar al final de la sesión.

La posibilidad de abrir el Pleno a la participación ciudadana está recogida en la normativa vigente de régimen local conformada por la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local, el Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales (ROF), y el propio Reglamento orgánico de participación ciudadana del Ayuntamiento de A Coruña, al que se remite expresamente a estos efectos el Reglamento orgánico municipal del Ayuntamiento (artículo 40.3).

Participación ciudadana en el Pleno

Inscripciones:

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

El derecho a intervenir en las sesiones del Pleno se reconoce a todas las personas que viven, están empadronadas o desarrollan su actividad profesional en el Ayuntamiento de A Coruña.

Requisitos:

Consultar el apartado "¿A quién va dirigido?".

Precio / Coste:

Ninguno.

Órgano que resuelve:

Alcaldía.

Más información:

Puede obtener más información en la Web municipal.

Presentación

Plazo de presentación:

Durante todo el año, aunque la solicitud deberá recibirse con una antelación mínima de cinco días hábiles a la celebración de las sesiones del Pleno ordinario en el que se pretenda exponer el ruego o pregunta.

Documentación necesaria:

  • Formulario: Formulario disponible en el registro y publicado en la web.

Documentos relacionados

  • Instancia: Solicitud de Participación ciudadana en el Pleno. Mod 075 (122 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Consultar el apartado "Documentación necesaria".

En las Oficinas de registro municipales estará disponible el formulario de solicitud específico, que también podrá descargarlo desde esta página.

También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Cómo se hace?:

Acudiendo a cualquiera de los registros municipales del Ayuntamiento de A Coruña.

Internet

¿Qué se necesita?:

  • Deberá disponer de certificado digital.
  • Una vez cubierta la solicitud telemática, si usted desea presentar más documentación para adjuntar a la solicitud, deberá tener preparados los ficheros que necesite según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
  • En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

  • A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

Tramitar

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

Ver instrucciones específicas sobre este procedimiento publicadas en la Web municipal.

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos posibles:

  • Recurso potestativo de reposición
  • Recurso contencioso-administrativo

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