Ayuntamiento de A Coruña

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Coruña Sostenible

Área de Economía y Planificación Urbana

CAMPO MUNICIPAL DE GOLF "TORRE DE HERCULES"

Condiciones del servicio

1.- Titular:

ORTO PARQUES Y JARDINES, S.L. Y SIDECU, S.L. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS

Avenida General Sanjurjo, 290, 1º A-B

15006 A Coruña

CIF: U70128400

2.- Dirección de la instalación:

c/ Doctor Vázquez Iglesias, 2

15002 A Coruña

3.- Actividad:

Instalaciones deportivas

CNAE: 93

RDPH: Clase 1, Grupo 0, Servicios.

4.- Tipología de aguas residuales:

-    Vertido compuesto por aguas fecales sanitarias, limpieza, etc.

-    Vertido de aguas pluviales.

5.- Coordenadas UTM arqueta toma muestras, HUSO 29.:

X: 548.621

Y: 4.803.646

6.- Las instalaciones vierten el agua de fecales a la red de saneamiento interna del recinto deportivo municipal de los campos de fútbol de "La Torre".

7.- Coordenadas UTM, pozo registro pluviales. Huso 29:

X: 548.624

Y: 4.803.664

7.- Volumen agua consumida de la Red Pública Municipal:

9.417 m3/año.

8.- Valores límite de emisión y parámetros a controlar:           

Valor medio diario máximo

Valor instantáneo máximo

Aceites y grasas

100 mg/l

150 mg/l

Amoniaco

30 mg/l

30 mg/l

Conductividad

5.000 mµ/cm

5.000 mµ/cm

DBO5

500 mgO2/l

1.000 mgO2/l

DQO

1.000 mgO2/l

1.500 mgO2/l

Nitrógeno amoniacal

30 mg N/l

50 mg N/l

Nitrógeno Kheldajl

40 mg N/l

50 mg N/l

PH

5,5 - 9

5,5 - 9

Sólidos en suspensión

500 mg/l

1.000 mg/l

Tensioactivos aniónicos

6 mg MBAS/l

20 mg MBAS/l

9.- Horario de Vertido:

Caudal uniforme todo el año en horario de apertura del establecimiento.

10.- Plazo para adaptarse a los límites de vertido:

Según la documentación aportada, ya cumple la instalación en este momento los límites de Vertido.

11.- Programa de control de Vertidos:

.    La toma de muestras y las analíticas, se han de efectuar por laboratorio homologado.

.    Cada trimestre, se efectuará una analítica de los elementos del apartado 9) de esta Autorización.

.    Cada año se enviarán al Ayuntamiento las analíticas trimestrales y anuales efectuadas.

.    Cada año se enviaran al Ayuntamiento los datos del consumo anual de agua de la Red Pública.

12.- Plazo y validez del permiso de Vertido:

Ocho años desde la notificación de la concesión de la Autorización de Vertido, salvo los condicionantes del Artículo 15.5 de la citada Ordenanza Municipal.

13.- Actuaciones y medidas que deben de ser puestas en caso de emergencia:

Si una analítica de las recogidas trimestralmente da valores por encima de los límites, deberá de comunicarse, antes de 24 horas al Ayuntamiento para tomar las medidas oportunas.

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