Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

Coruña Sostenible

Área de Economía y Planificación Urbana

MIRAMAR DE SAN PEDRO, S.L.

Condiciones del servicio

1.- Titular:

MIRAMAR DE SAN PEDRO, S.L.

Lugar monte de San Pedro, s/n

15011 A Coruña

CIF: B15962335

2.- Dirección de la instalación:

La misma

3.- Actividad:

Cafetería restaurante

CNAE: 5610

RDPH: Clase 1, Grupo 0

4.- Tipología de aguas residuales:

-    Vertido compuesto por aguas fecales sanitarias, con aguas procedentes de la restauración, y limpieza.

-    Vertido de aguas pluviales.

-    Tiene sistema separativo.

5.- Coordenadas UTM arqueta toma muestras aguas fecales:

Latitud:        43º 22´ 38,72´´ N

Longitud         8º 25´ 57,85´´ O

6.- Coordenadas UTM de la conexión de fecales al Saneamiento Municipal. c/ Rodríguez Castelao:

Latitud:        43º 22´ 33,93´´ N

Longitud         8º 25´ 43,98´´ O

7.- Coordenadas UTM, pozo registro pluviales última arqueta:

Latitud:        43º 22´ 40,03´´ N

Longitud         8º 25´ 59,26´´ O

8.- Coordenadas UTM, arqueta control pluviales:

Por escorrentía del terreno hacia el talud del Paseo Marítimo. Detalle plano 1.1. de su Memoria.

9.- Volumen agua consumida de la Red Pública Municipal:

7.073,70 m3/año º 19,38 m3/día, de los cuales:

. 3.095 m3/año:              aguas destinadas a elaboración servicios de comidas.

. 2.418 m3/año:              aguas destinadas a limpieza.

. 1.560,70 m3/año:          aguas destinadas a aseos.

10.- Valores límite de emisión y parámetros a controlar:  

Aceites y grasas

Amoniaco

DBO5

DQO

Nitrógeno amoniacal

Nitrógeno Kheldajl

PH

Sólidos en suspensión

Tensioactivos aniónicos

11.- Horario de Vertido:

Caudal uniforme todo el año en horario de apertura del establecimiento.

12.- Plazo para adaptarse a los límites de vertido:

Según la documentación aportada, ya cumple la instalación en este momento los límites de Vertido.

13.- Programa de control de Vertidos:

.     La toma de muestras y las analíticas, se han de efectuar por laboratorio homologado.

.     Cada trimestre, se efectuará una analítica de los elementos del apartado 10) de esta Autorización.

.     Cada año se enviarán al Ayuntamiento las analíticas trimestrales y anuales efectuadas.

.     Cada año se enviarán al Ayuntamiento los documentos de gestión de servicios de la arqueta separadora de aceites y grasas.

.     Cada año se enviaran al Ayuntamiento los datos del consumo anual de agua de la Red Pública.

14.- Plazo y validez del permiso de Vertido:

Ocho años desde la notificación de la concesión de la Autorización de Vertido, salvo los condicionantes del Artículo 15.5 de la citada Ordenanza Municipal.

Si una analítica de las recogidas trimestralmente da valores por encima de los límites, deberá de comunicarse, antes de 24 horas al Ayuntamiento para tomar las medidas oportunas.

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