Permite a los propietarios colindantes la compra directa de suelo de propiedad municipal, siempre que este suelo tenga la consideración de parcela sobrante. Son parcelas sobrantes aquellas que por su reducida extensión, forma irregular o emplazamiento no son susceptibles de uso adecuado
El propietario colindante a la parcela sobrante municipal
¿Dónde se hace?
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