Los polígonos se desarrollarán por el sistema de actuación que la Administración determine en cada caso.
Los sistemas de actuación se clasifican en directos e indirectos; cuando se hubiera fijado un sistema de gestión indirecta y no se ejecutara conforme a los plazos o planes de etapas establecidos, o hubiere transcurrido más de un año desde la aprobación definitiva del planeamiento urbanístico detallado sin que se hubiere iniciado el proceso de desarrollo y ejecución, el municipio podrá sustituir el sistema de ejecución por uno de gestión directa.
El cambio de sistema no se materializará si los afectados ofrecen en el trámite de información pública garantías bastantes de los gastos de urbanización pendientes y las formalizan en el plazo que acuerde el municipio.
La documentación precisa para iniciar un procedimiento de cambio de sistema de actuación es la siguiente:
¿Dónde se hace?
Documentos relacionados
Desde este apartado se puede tener acceso al texto de los convenios urbanísticos firmados por el Ayuntamiento de A Coruña con otras administraciones públicas o entidades particulares
ANUNCIO de Aprobación inicial del "Estudio de detalle en carretera de Visma a Mazaido, 2." Expediente 631/2025/43
ANUNCIO de suspensión cautelar de tramitación de instrumentos de planeamiento y otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos y edificación en el ámbito del plan especial de Labañou (Expediente 631/2024/246)
ANUNCIO de aprobación inicial de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Municipal en el ámbito del Polígono M22 "Parque del Agra", para la ejecución de la sentencia Núm. 620/2015 (expediente DPE/2025/56).
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