2025
En concurrencia
Desde el 07/06/2025 hasta el 07/07/2025
6 de junio de 2025
Las actuaciones subvencionables son las definidas con cargo al programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de Barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) recogidas en el artículo 14 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. En síntesis, son subvencionables las obras o actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial para vivienda, incluidas las viviendas unifamiliares, en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética.
Podrá ser beneficiario de esta ayuda quienes asuman la responsabilidad de la ejecución de la actuación en proporción al coste asumido por cada uno.
Cuando se trate de comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios, esta regla resultará igualmente de aplicación con independencia de que, tanto su importe, como el coste de las obras, deba repercutirse en las personas propietarias de las viviendas y, en su caso, de los locales comerciales o campos de otros usos compatibles, de conformidad con las reglas previstas en la legislación de propiedad horizontal.
A la financiación de estas ayudas se destinarán 5.145.483,14 €, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 30.1522.78010 y 30.1522.78010.24 del presupuesto municipal del año 2025, y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión, con el siguiente reparto
| Denominación ERRP | Importe Ministerio/NEXT-GENERATIONEU | Número de actuaciones totales |
| ERRP Ciudad Vieja y Pescadería | 729.990,10 € | 42 |
| ERRP Grupo de Viviendas María Pita-Labañou | 765.356,28 € | 40 |
| ERRP Grupo Casas de Franco-Ventorrillo | 1.451.703,22 € | 76 |
| Barrio de las Flores | 2.198.433,54 € | 126 |
El importe máximo de las ayudas se establecerá según lo establecido en el artículo 15º del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), (publicado en BOE nº 239 de 06.10.2021) modificado por Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre.
El plazo para presentar la documentación justificativa de la ejecución y abono de las obras es de 15 días hábiles a contar desde la finalización de la obra objeto de la subvención, fijada en la resolución de concesión de la subvención.
En todos los casos, las obras para las que solicite ayuda deberán estar finalizadas antes del 30 de junio de 2026.
LISTADO-SUBVENCIONS-CONCEDIDAS-DENEGADAS-DESISTIDAS-E-EXCLUIDAS.pdf (373 KB)
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