Composición
La Comisión Especial de Cuentas se contempla en el artículo 93 del ROM. A ella le corresponde el examen, estudio e informe de todas las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias que debe aprobar el Pleno. Mediante acuerdo plenario, sus funciones las asume la Comisión Informativa permanente de Economía, Hacienda y Administración General para los asuntos propios de esta área de gestión municipal.
Tiene, por tanto, la misma composición que la Comisión de Economía, Hacienda y Administración General
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