La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional pretende dotar al sistema de FP de una mayor flexibilidad y opciones de continuidad que permitan avanzar más fácilmente en el aprendizaje mediante itinerarios formativos personalizados, adaptados a los intereses y necesidades de cada persona. Es función del Sistema de Formación Profesional el desarrollo personal y profesional de la persona, la mejora continuada de su calificación a lo largo de toda la vida y la garantía de la satisfacción de las necesidades formativas del sistema productivo y del empleo.
Para eso, además de clasificar las enseñanzas de FP en niveles y familias, el nuevo modelo las organiza en cinco grados ascendentes (A, B, C, D y E), en función de la amplitud de los contenidos y de la cantidad de elementos o estándares de competencia que permita desarrollar cada formación:
Grados A. Acreditación parcial de competencias: estas microacreditaciones son la oferta elemental del Sistema de Formación Profesional. Al igual que los grados B y C, son una oferta parcial y acumulable. Cada acreditación parcial puede incluir uno o varios elementos de competencia de un módulo profesional contemplado en el Catálogo Modular de Formación Profesional.
Grados B. Certificado de Competencia: oferta parcial y acumulable. Cada certificado de competencia coincide con un módulo profesional incluido en el Catálogo Modular de Formación Profesional. Se puede obtener un certificado de competencia (Grados B1, B2 o B3) por acumulación de varias acreditaciones parciales (Grado A).
Grados C. Certificado Profesional: oferta parcial y acumulable, compuesta por varios módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional. Con él se obtienen unos conocimientos que tienen significación en el mercado laboral. Se puede obtener un certificado profesional (Grado C1, C2 o C3) por acumulación de varios certificados de competencia (Grados B).
Grados D. Ciclos Formativos: son la principal oferta del Sistema de Formación Profesional. Están compuestos por módulos y su oferta está basada en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales y en el Catalogo Modular de Formación Profesional. Se puede obtener un título de Técnico/a Básico (D1), Técnico/a (D2) y/o Técnico/a Superior (D3) por acumulación de varios certificados profesionales (Grados C).
Grados E. Cursos de Especialización: esta formación especializada, especialmente en campos emergentes del entorno laboral, permite una formación complementaria a aquellas personas que ya cuentan con una titulación de Formación Profesional, oferta formativa de grado D. En función de su complejidad, podrán ser de nivel 2 (Grado Medio) o nivel 3 (Grado Superior). Para acceder a esta formación, tienes que tener uno de los títulos de grado medio o superior que se requiere, según el curso de especialización que elijas. Cuando la finalices, obtendrás la titulación de Técnico/a Especialista, si es de nivel 2 (Grado Medio), o Máster de Formación Profesional, si es de nivel 3 (Grado Superior).
Son ciclos formativos de grado básico, con carácter general, los vinculados a estándares de competencia de nivel 1 del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.La duración de los ciclos de formación profesional básica será de 2.000 horas, equivalentes a 2 cursos académicos a tiempo completo.Los ciclos formativos de grado básico facilitarán la adquisición de las competencias de educación secundaria obligatoria a través de enseñanzas organizadas en los siguientes ámbitos y proyecto:
Estos ciclos podrán incluir, además, otros complementos de formación que contribuyan al desarrollo de las competencias de la educación secundaria obligatoria.
REQUISITOS DE ACCESO:
Alumnado en edad de escolarización obligatoria: el alumnado en edad de escolarización obligatoria tiene que cumplir los requisitos de acceso establecidos en el artículo 90 del Real decreto 659/2023. Por tanto, para acceder a los ciclos formativos de grado básico tendrá que cumplir simultáneamente las siguientes condiciones:
De este modo, dentro del grupo de alumnado en edad de escolarización obligatoria tenemos dos subgrupos.
Alumnado en edad de escolarización no obligatoria: las personas en edad de escolarización no obligatoria pueden solicitar su incorporación a un ciclo formativo de formación profesional básica si cumplen los siguientes requisitos:
PROCESO DE ADMISIÓN:
En el caso de alumnado que esté cursando enseñanzas de la ESO que sea propuesto por el equipo docente para incorporarse a un ciclo de grado básico y que tenga el consentimiento del padre, de la madre o de los/ las tutores/as legales, será el centro de origen el encargado de recoger y cargar los datos de la solicitud de admisión en la aplicación informática. El centro entregará un resguardo de la solicitud a las personas solicitantes y a sus representantes legales.
En el caso de alumnado de FP básica repetidor, 1º o de 2º curso, o que promociona a 2º curso la solicitud será presentada en el centro donde está matriculado en el curso actual.
En el resto de los casos (alumnado sin matrícula en la ESO que haga 17, 18, 19, 20 años en él de inicio del ciclo formativo) presentarán una única solicitud de admisión y matrícula, firmada por la persona solicitante (se esta es menor de edad, además deberá ser firmada por cualquiera de los/de las titulares de la patria potestad o representantes legais en el centro en el que pretendan ser admitidos.
FECHAS: 2ª quincena del mes de junio
TITULACIÓN:
Al acabar se obtiene el título profesional básico en la especialidad correspondiente. Incluye al menos una cualificación profesional básica completa de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Adicionalmente, se obtendrá el título de graduado/a en educación secundaria obligatoria.
El alumnado que finalicen sus estudios sin obtener el título de técnico básico, recibirán la certificación académica de los módulos profesionales superados que tendrá efectos académicos y de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
El título profesional básico permite el acceso a cualquier ciclo formativo de grado medio.
Los ciclos formativos de grado medio tienen una duración de 2 años escolares (2.000 horas), se estructuran en módulos formativos. Todos los ciclos incluyen un módulo de formación en centros de trabajo (prácticas) que permite completar el aprendizaje y perfeccionar la cualificación profesional en una empresa del sector.
REQUISITOS DE ACCESO:
Tener alguno de los siguientes títulos:
Haber superado:
TITULACIÓN:
Superado un ciclo de grado medio se obtiene el título de Técnico o Técnica en...
Salidas laborales: la obtención del título de técnico o técnica permite la incorporación de la persona al mercado laboral.
El ejercicio de la profesión de una persona titulada de formación profesional comporta el desempeño cualificado de una actividad en un campo profesional, que puede ser ejecutada de manera autónoma y que puede llevar consigo la asunción de responsabilidades dentro de una organización productiva.
En los currículos de cada ciclo formativo se describe el entorno profesional donde la persona titulada puede ejercer su labor, además de indicarse las ocupaciones y los puestos de trabajo más destacados para ejercer su profesión.
El título es equivalente a efectos laborales al título de bachillerato.
Salidas académicas: al finalizar un ciclo formativo de grado medio se puede acceder directamente a cualquier ciclo de grado medio o de grado superior, o determinados cursos de especialización. También es posible obtener el título de bachillerato en la modalidad General mediante la superación de las materias comunes.
Los ciclos formativos de grado superior, en su mayoría, tienen una duración de 2 años escolares (2.000 horas), se estructuran en módulos formativos. Todos los ciclos incluyen un módulo de formación en centros de trabajo (prácticas) que permite completar el aprendizaje y perfeccionar la cualificación profesional en una empresa del sector; y un módulo de proyecto que tiene por finalidad la integración efectiva de los aspectos más relevantes de las competencias profesionales, personales y sociales características del título que se abordaron en el resto de los módulos profesionales, junto con aspectos relativos al ejercicio profesional y a la gestión empresarial.
REQUISITOS DE ACCESO:
Tener alguno de los siguientes títulos:
Haber superado:
TITULACIÓN:
Superado un ciclo de grado superior se obtiene el título de Técnico o Técnica Superior en...
Salidas laborales: la obtención del título de técnico superior o técnica superior permite la incorporación de la persona al mercado laboral.
El ejercicio de la profesión de una persona titulada de formación profesional comporta el desempeño cualificado de una actividad en un campo profesional, que puede ser ejecutada de manera autónoma y que puede llevar consigo la asunción de responsabilidades dentro de una organización productiva.
En los currículos de cada ciclo formativo se describe el entorno profesional donde la persona titulada puede ejercer su labor, además de indicarse las ocupaciones y los puestos de trabajo más relevantes para ejercer su profesión.
Salidas académicas: al finalizar un ciclo formativo de grado superior se puede acceder a cualquier ciclo de grado medio o de grado superior, o determinados cursos de especialización.
También se puede acceder a cualquier enseñanza universitaria de grado, de modo directo, sin necesidad de prueba. Si el título universitario tuviera limitación de plazas el acceso se hará teniendo en cuenta la nota media del ciclo formativo.
La Fp dual intensiva se corresponde con el régimen de formación profesional que se realiza alternando la formación en el centro de formación profesional o en la empresa u organismo equiparado con la actividad productiva.
La FP dual intensiva integra los tres pilares que sustentan el proceso de formación de un profesional: formación curricular, formación en la empresa y formación complementaria (específica para los procesos productivos de la empresa), combinando la asistencia del alumnado al centro educativo con la formación en la empresa.
Los centros y las empresas comparten las responsabilidades formativas para que las enseñanzas profesionales se adecúen a las necesidades del mercado laboral.
El alumnado percibe una compensación proporcional al tiempo de permanencia en la empresa que no fue destinado a la formación. Para su cálculo, se utilizará la cuantía establecida en el convenio colectivo o, de no existir, la cuantía del salario mínimo interprofesional.
REQUISITOS DE ACCESO:
Los días 20/02/2026, 13/03/2026
Desde el 26/01/2026 hasta el 30/01/2026
Desde el 05/12/2025 hasta el 28/12/2025
Desde el 06/12/2025 hasta el 26/12/2025
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