Ayuntamiento de A Coruña

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Información Juvenil

Área de Bienestar Social

Normativa

  • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE) (BOE 30/12/2020).
  • Decreto 156/2022, del 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el  currículo de la  educación secundaria obligatoria en la  Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 26/09/2022).
  • Decreto 117/2023, del 27 de julio, por el que se modifica el Decreto 156/2022, del 15 de septiembre por el que se esablecen la ordenación y el currículo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 03/08/2023).
  • Orden de 26 de mayo de 2023 por la que se desarrolla el Decreto 156/2022, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia y se regula la evaluación en esa etapa educativa (DOG 13/06/2023).
  • Orden de 9 de agosto de 2023 por la que se amplía la relación de materias optativas de la educación secundaria obligatoria y se establece su currículo (DOG 25/08/2023).
  • Decreto 157/2022, del 15 de septiembre, por lo que se establecen la ordenación y el currículo del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 26/09/2022).
  • Decreto 118/2023, del 27 de julio, por lo que se modifica el Decreto 157/2022, del 15 de septiembre, por lo que se establecen la ordenación y el currículo del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 03/08/2023).
  • Orden del 26 de mayo de 2023 por la que se desarrolla el Decreto 157/2022, del 15 de septiembre, por lo que se establecen la ordenación y el currículo del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia y se regula la evaluación en esa etapa educativa (DOG 13/06/2023).
  • Orden del 13 de febrero de 2023 por la que se establece el currículo de las materias optativas del bachillerato y se regula su oferta (DOG 27/02/2023).
  • Orden del 9 de agosto de 2023 por la que se amplía la relación de materias optativas del bachillerato y se establece su currículo (DOG 25/08/2023).
  • Orden de 22 de junio de 2023 por la que se establecen medidas para la convalidación o la exención de materias de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato y materias de las enseñanzas profesionales de música y de danza o la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento (DOG 03/07/2023)

Educación Secundaria Obligatoria

La educación secundaria obligatoria es una etapa educativa que constituye, junto con la educación primaria y los ciclos formativos de grado básico, la educación básica.

Organización

La educación secundaria obligatoria comprende 4 cursos y se organiza en materias y en ámbitos.El 4º curso tendrá carácter orientativo, tanto para los estudios posobligatorios como para la incorporación a la vida laboral.

          * Esquema Organización ESO

Promoción

Alcanzará la promoción de un curso a otro el alumnado que superara las materias o los ámbitos cursados o tenga evaluación negativa en una o dos materias, considerándose para el cómputo las materias no superadas del propio curso y las de cursos anteriores. Además de en los casos anteriores, el equipo docente podrá decidir la promoción de una alumna o de un alumno, siempre que se cumplan también todas las condiciones siguientes:

a) Que la media aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias y en todos los ámbitos en que esté matriculada o matriculado en ese año académico sea igual o superior a 5.

b) Que la suma de los períodos lectivos semanales establecidos en el anexo IV (Decreto ESO) de las materias o de los ámbitos con evaluación negativa no sea superior a diez. Para estos efectos, no se considerarán las materias pendientes de cursos anteriores ni las horas de libre disposición

c) Que el equipo docente considere que las materias o los ámbitos con evaluación negativa no le impiden seguir con éxito el curso siguiente. 

d) Que el equipo docente considere que tiene expectativas favorables de recuperación. 

e) Que el equipo docente considere que la dicha promoción beneficiará su evolución académica.

Repetición de curso

El alumnado que no alcance la promoción permanecerá un año más en el mismo curso. La permanencia en el mismo curso se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará después de agotar las medidas comunes de refuerzo y apoyo para superar las dificultades de aprendizaje de la alumna o del alumno.

En todo caso, la alumna o el alumno podrá permanecer en el mismo curso una sola vez, y dos veces como máximo a lo largo de la enseñanza obligatoria. De manera excepcional, se podrá permanecer un año más en el cuarto curso, aunque se agotara el máximo de permanencia, siempre que el equipo docente considere que esta medida favorece la adquisición de las competencias clave establecidas para la etapa.

Titulación

Obtendrá el título de graduada o graduado en educación secundaria obligatoria el alumnado que supere todas las materias o los ámbitos cursados.Además de en el caso anterior, el equipo docente podrá decidir la obtención del título por parte de una alumna o de un alumno, siempre que se cumplan también todas las condiciones siguientes:

a) Que la media aritmética de las cualificaciones obtenidas en todas las materias y en todos los ámbitos en que esté matriculada o matriculado en ese año académico sea igual o superior a cinco.

b) Que a juicio del equipo docente a alumna o el alumno haya adquirido las competencias clave establecidas en el perfil de salida.

c) Que a juicio del equipo docente la alumna o el alumno alcanzara los objetivos de la etapa.

Opciones al finalizar

Con la Educación Secundaria Obligatoria concluye la etapa de escolarización obligatoria. Quien lo desee, puede ya incorporarse a la vida laboral. Para aquellas personas que deseen continuar su formación existen diversas opciones. Con el Título de Graduado o Graduada en ESO se puede acceder directamente a estudios de:

  • Bachillerato.
  • Ciclo formativo de Grado Medio de Formación Profesional. 
  • Ciclo formativo de Grado Medio de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño (superando, en todo caso, una prueba específica que acredite las aptitudes necesarias).
  • Ciclo formativo de Grado Medio de enseñanzas deportivas.

Bachillerato

El bachillerato forma parte de la educación secundaria posobligatoria, y por lo tanto tiene carácter voluntario.

La etapa del bachillerato comprende 2 cursos, se desarrolla en modalidades diferentes y se organiza de modo flexible en materias comunes, materias específicas de modalidad y materias optativas, con la finalidad de que pueda ofrecer una preparación especializada al alumnado.

Las modalidades y, de ser el caso, las vías de bachillerato que podrán ofrecer los centros docentes autorizados serán las siguientes:

a) Artes, en la vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño.

b) Artes, en la vía de Música y Artes Escénicas.

c) Ciencias y Tecnología.

d) Humanidades y Ciencias Sociales.

e)  General.

          ** Esquema Organización Bachillerato  

Promoción

Las alumnas y los alumnos conseguirán la promoción de primero a segundo de bachillerato cuando superen las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo.

El alumnado que consiga la promoción al segundo curso con materias pendientes deberá matricularse de ellas y cursarlas a lo largo del curso. La evaluación de estas materias tendrá que ser anterior a la de las materias de segundo curso.

En el caso de materias entre las que existe continuidad, la superación de las materias de segundo curso estará condicionada por la superación de las de primer curso.

Las alumnas y los alumnos que al término del segundo curso tengan evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas o podrán optar, asimismo, por repetir el curso completo. En este último caso, no se mantendrán las calificaciones de las materias del dicho curso que la alumna o el alumno hubiera superado previamente.

Las alumnas y los alumnos podrán permanecer cursando bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años, consecutivos o no.

Titulación

Para obtener el título de bachiller cumplirá la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de bachillerato.

Excepcionalmente, el equipo docente podrá decidir la obtención del título de bachiller por una alumna o un alumno que superara todas las materias, excepto una, siempre que se cumplan además todas las condiciones siguientes:

a) Que el equipo docente considere que la alumna o el alumno alcanzó las competencias clave y los objetivos vinculados a ese título.

b) Que no se produjo una inasistencia continuada y no justificada por parte de la alumna o del alumno en la materia.

c) Que la alumna o el alumno se presentó a las pruebas y realizó las actividades necesarias para su evaluación, incluidas las de la convocatoria extraordinaria.

d) Que el promedio aritmética de las calificaciones obtenidas en todas las materias de la etapa cursadas que, como mínimo, se requieran para la obtención del título por la modalidad por la que se remata sea igual o superior a cinco. En este caso, para los efectos del cálculo de la calificación final de la etapa, se considerará la nota numérica obtenida en la materia no superada.

El título de bachiller será único y se expedirá con expresión de la modalidad cursada y de la nota media obtenida. Esta se obtendrá calculando el promedio aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas, redondeada a la centésima.

Opciones al finalizar

El título de Bachiller facultará para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior:

  • Enseñanzas universitarias.
  • Enseñanzas artísticas superiores:
    • Estudios superiores de Música y Danza (más prueba específica).
    • Enseñanzas de Arte Dramático (más prueba específica).
    • Enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (más prueba específica).
    • Estudios superiores de Artes Plásticas de Diseño (más prueba específica).
  • Formación profesional de grado superior.
  • Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado superior (más prueba específica).
  • Enseñanzas deportivas de grado superior (con título de técnico deportivo, más prueba de acceso para determinadas especialidades).

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